El cliente deberá solicitar el otorgamiento de la financiación a la entidad financiera, la cual, previa verificación en el listado que publicará la AFIP, contará con dos días hábiles para proceder a la acreditación de la misma. Si el cliente no tiene tarjeta de crédito, el banco deberá emitir una, sin costo alguno. La financiación se otorgará en parte iguales, por tres meses, siendo acumulables. No se podrán obtener adelantos en efectivo, ni operar en el mercado de cambios.

Comunicación A6993 - BCRA - Créditos a Tasa 0%

Puntos claves

  • Las entidades verificarán la inclusión del cliente en el listado que de a conocer la AFIP.
  • El cliente deberá solicitar el otorgamiento de la financiación a la entidad financiera, y esta contará con hasta 2 días hábiles para proceder a la acreditación de la misma.
  • La financiación se acreditará en en la tarjeta de crédito del solicitante - emitida por el banco.
  • Se podrá solicitar por homebanking.
  • Si el solicitante no contara con una tarjeta de crédito, la entidad financiera que figura en el listado de la AFIP deberá:
    1. Emitir una tarjeta de crédito con un límite de compra al menos igual a la financiación que se le acredita (sin costos, excepto por consumos superiores al crédito otorgado),
      ó Proceder a la apertura de una “Cuenta a la vista para compras en comercios” ;
    2. Mantener activo el producto hasta la total cancelación del “Crédito a Tasa Cero”, excepto que el cliente expresamente solicite la baja;
    3. Permitir que estos clientes puedan tramitar esta solicitud íntegramente a través de la utilización de mecanismos electrónicos de comunicación.
  • La financiación deberá ser acreditada en tres cuotas mensuales, iguales y consecutivas (acumulables cada mes)
  • No se podrán obtener adelantos de efectivo hasta la total cancelación del crédito.
  • La financiación contará con un período de gracia de 6 meses a partir de la primera acreditación. A partir del mes siguiente, se reembolsará en al menos 12 cuotas mensuales iguales y consecutivas.
  • Ante el pago parcial del saldo liquidado de la tarjeta de crédito, los fondos percibidos por las entidades deberán ser imputados en primer lugar a la cancelación de estas cuotas.
  • Las personas beneficiarias, mientras no se cancele el total del crédito, no podrán acceder al mercado de cambios (en forma directa o mediante la compra/venta de títulos)
  • Toda persona que desee acceder al mercado de cambios (...)  deberá presentar al banco una declaración jurada en la cual conste que no es beneficiario de los “Créditos a Tasa Cero”+

Comunicación

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Comentarios

0 #25517 sergiodan_23 04-05-2020 11:23
Cito a Laura Ale Pinchetti:
Buenos días, Jorge.-
Podrías explicarme a que hace referencia la AFIP, cuando al denegar el préstamo a tasa 0%, habla del limite inferior de facturación de monotributo?
Tengo seis clientes que no pudieron acceder al mismo.-
Saludos.-

Buenos dias, tengo una consulta similar, que se puede hacer cuando aparece denegado el crédito y no se encuentra dentro de las exclusiones, autónomo con aporte a caja profesional obligatoria.
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0 #25514 Laura Ale Pinchetti 04-05-2020 10:36
Buenos días, Jorge.-
Podrías explicarme a que hace referencia la AFIP, cuando al denegar el préstamo a tasa 0%, habla del limite inferior de facturación de monotributo?
Tengo seis clientes que no pudieron acceder al mismo.-
Saludos.-
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+1 #25491 Paola Agostini 02-05-2020 10:26
Buen día necesito solicitar la suscripción para él prestemos

Espero su respuesta
Gracias
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0 #25432 mtomas 28-04-2020 14:32
Buenas tardes, quisiera saber como hago para verificar que esté en el listado de beneficiarios de la AFIP para que me otorguen el credito a tasa cero?
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+1 #25428 olgaojeda 28-04-2020 12:08
Ya se encuentra disponible el servicio para consultar en la pag de AFIP ?
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+2 #25423 Cecilia Rodriguez 28-04-2020 09:04
Hola Jorge buen día, no puedo ver en la página de Afip entrando con Cuit y clave fiscal información sobre los créditos a monotributistas, debe entrarse en una relación? cómo debe tramitarse?
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