Los nuevos plazos varían desde los 45 días hasta los 360 días corridos, dependiendo de la empresa exportadora y de la actividad desarrollada. Hasta ahora, ya son más de 130 las empresas que cuentan con plazos especiales para el ingreso de divisas al sistema financiero local.
La medida se dio a conocer mediante la Resolución 378/2012 del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, publicada en el Boletín Oficial de Hoy.
Cronología
- Hasta el 24 de abril: las divisas debían ingresarse al sistema financiero local en los plazos de 210 y 360 días corridos.
- 24 de abril: mediante Resolución 142/2012, se redujeron los plazos a 15 días, 90 y 360 días corridos. Se permite la ampliación de plazos a solicitud de parte interesada, siempre que la naturaleza o características especiales de las operaciones fundamenten la medida.
- 11 de mayo: se dicta la Resolución 187/2012 mediante la cual se exceptúa de cumplir con los plazos estipulados en la Resolución N° 142 a los exportadores que durante el año 2011 hayan registrado exportaciones totales por un monto inferior a U$S 2.000.000, tomando como base de cálculo valores F.O.B. En estos casos rigen los plazos anteriores de 210 y 360 días corridos.
- 28 de mayo: por las solicitudes formuladas por el sector exportador, el Ministerio de Economía emite la Resolución 231/2012 y amplia el primer plazo de 15 a 30 días corridos.
- Por Resolución 230/2012 se establece la implementación de medios electrónicos, mediante sistemas de la AFIP, a los fines de comunicar a los pequeños exportadores (facturación inferior a los U$S 2.000.000) la excepción de cumplir con los plazos generales.
- 12 de junio: mediante Resolución 295/2012 se realiza la primera ampliación de plazos a 90 y 180 días, a solicitud de seis empresas interesadas.
- 15 de junio: se flexibilizan los plazos a más de 35 empresas (Resolución 296/2012).
- 25 de junio: se flexibilizan los plazos a 73 empresas (Resolución 305/2012).
- 17 de julio: de igual forma, se flexibilizan los plazos a 30 empresas (Resolución 378/2012).