Cómo lo prometió Prat Gay (Ministro de Hacienda y Finanzas) el día anterior a la liberación del mercado de cambios, a los efectos de fomentar el ingreso de divisas, se reduce el plazo de permanencia de fondos provenientes del exterior de 365 a 120 días. Además, se elimina la retención del 30% de dichos fondos. Cabe recordar, que la normativa vigente tiene como finalidad reducir las posibles consecuencias originadas en los movimientos de capitales especulativos.

La nueva resolución (3/2015), publicada en el Boletín Oficial de hoy, establece lo siguiente:

  • Se reduce a 120 días corridos el plazo previsto en los Artículos 2° y 4° inciso a) del Decreto N° 616/05.
  • Redúcese a cero el porcentaje del depósito previsto en el Artículo 4° inciso c) del Decreto N° 616/05.
  • Vigencia: a partir de hoy.

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