Sin reglamentación, la AFIP informó vía Twitter que los empleadores ya pueden solicitar el beneficio del Salario Complementario (Decreto 332/2020) para las liquidaciones de junio de 2020. Habrá tiempo hasta el viernes 3 de julio. Respecto a las ventas, se computarán las del período mayo (2019 y 2020), debiéndose informar por Comprobantes en Línea (electrónicas, manuales, controlador y otros).

Según informa la Jefatura de Gabinete, en esta oportunidad el beneficio variará (en cuanto a su cuantía), según la zona y actividad del empleador:

  • Será de hasta 2 salarios mínimos vital y móvil (sin diferenciar por la cantidad de empleados) para:
    • las zonas en ASPO (Aislamiento Obligatorio...,) y
    • las actividades críticas, como las relacionadas al turismo, la hotelería, a la cultura, entre otras.
  • Será de hasta un salario mínimo vital y móvil para:
    • las zonas en DISPO (Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio)

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