Los exportadores (productos primarios, minerales, etc.) podrán ingresar las divisas al sistema financiero local dentro de los 30 días a partir de la fecha en que se haya cumplido el embarque. El plazo anterior era de 15 días.

Mediante la página de la AFIP, los turistas que deseen viajar al exterior deberán informar, entre otros datos, la cantidad de moneda extranjera solicitada, país de destino, motivo del viaje, fecha de salida/regreso y los datos identificatorios del operador turístico.

La AGIP aprobó el procedimiento para obtener el beneficio de exención del 100%, para el primer año, y del 50%, en el segundo, del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos para las nuevas empresas que se constituyan en la Ciudad, conforme a la Ley 4064 y su Decreto Reglamentario 182/2012.

Los servicios informáticos denominados “Registración de Transferencias de Participaciones Societarias” y “Actualización Autoridades Societarias” de la Resolución General Nº 3293, estarán disponibles en el sitio “web” de la AFIP a partir del día 1 de julio de 2012, inclusive.

Mediante Resolución 3328/2012, la AFIP reglamentó el procedimiento de exclusión al régimen simplificado para aquellos contribuyentes que realicen gastos o posean depósitos bancarios por importes incompatibles con su condición tributaria. Además, se establecieron los pasos a seguir para realizar el correspondiente descargo.

La medida, reglamentada por Resolución 3330/2012, surge a partir de haberse detectado gran cantidad de infracciones a las normas de facturación, mediante la utilización de las “comandas”, que en ocasiones son entregadas a los consumidores como facturas de las operaciones realizadas.

Mediante Resolución 3314/2012, la AFIP determinó la cantidad mínima de trabajadores requeridos en la producción de tomates frescos a campo dentro de la actividad de horticultura.

ARBA estableció que los certificados de no retención del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, por los cobros de ventas con tarjetas, tendrán vigencia por un año y no hasta el 31 de diciembre del año de emisión como rige en la actualidad.

La obligación actual se extiende a los fideicomisos constituidos en el extranjero y se incorporan a los fiduciantes y beneficiarios como nuevos sujetos informantes. Además, se deberán informar todas las operaciones que alteren la situación inicial del fideicomiso, como ser: ingresos / egresos de participantes, transferencias de participaciones, entregas de bienes, entre otras.

Como ocurrió con el trigo, los propietarios del grano de maíz, tengan en su poder o no la existencia física del mismo, y aquellos no propietarios, tenedores de existencias físicas de maíz, deberán presentar la declaración jurada antes del 21 de mayo próximo.

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