La "Matriz de Intercambio de Información Penal Tributaria", oficializada en el Boletín Oficial de hoy, se destinará a facilitar la transferencia recíproca de información fiscal, entre la AFIP y las administraciones tributarias provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, vinculada a situaciones que puedan dar lugar a la configuración de los delitos establecidos en la nueva Ley Penal Tributaria.

Con la nueva versión se deberá brindar información complementaria a efectos de poder evaluar sectorialmente la evolución de las remuneraciones del personal, incluido o no en convenios colectivos de trabajo, y establecer el impacto de los eventuales incrementos de la productividad con relación a uno u otro tipo de salario.

La AFIP creó la "Matriz de Intercambio de Información Penal Tributaria" a los fines de intercambiar con las provincias información sustancial y de relevancia para combatir la evasión en el pago de impuestos nacionales, provinciales y de la Ciudad de Buenos Aires.

De esta forma, los sujetos residentes en el país, prestadores y/o prestatarios de servicios con sujetos del exterior, deberán producir la información que se indica en el micrositio “DECLARACION JURADA ANTICIPADA DE SERVICIOS (DJAS)” y adjuntar un archivo en formato “.pdf” de la versión digitalizada del contrato que respalda la operación.

Desde este mes, se deberán informar las transferencias de participaciones sociales y los cambios de autoridades de las sociedades y empresas. Además, se modificó el régimen de información anual a cargo de las compañías respecto de los propietarios y administradores de las mismas.

Ambos organismos firmaron un acuerdo de intercambio de información tributaria que permitirá unificar esfuerzos y posibilitará la futura implementación de una declaración unificada que simplificará el cumplimiento de las obligaciones a cargo de los contribuyentes.

La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP, Capital Federal) estableció, mediante Resolución 155/2012, el procedimiento para que los contribuyentes y/o responsables del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, inscriptos provisionalmente en el Registro de Empresas TIC (Tecnologías de la Información y las Comunicaciones), informen el monto del impuesto a diferir. Además, se deberán presentar las declaraciones juradas rectificativas para que se adecuen al nuevo mecanismo.

Mediante Resolución 136/2012, la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) decidió actualizar las alícuotas de retenciones bancarias (SIRCREB) del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos para el universo de Contribuyentes Locales. De esta forma, se incrementó la alícuota general (del 1,8% al 2,5%) y se actualizó la lista de actividades con alícuotas especiales.

Con esta herramienta, la AFIP podrá determinar de oficio la cantidad de trabajadores y los aportes y contribuciones de la seguridad social de los fabricantes y/o comerciantes de pastas frescas artesanales. En total, ya son 31 las actividades alcanzadas.

Se encuentran obligados a informar los representantes de dichos sujetos, así como, los prestadores de servicios que intervengan en las operaciones que realicen aquellos representantes con sujetos residentes en el país.

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