Se homologó el acuerdo de comercio por suspensiones del Art. 223 bis. En la Resolución, se establece que el acuerdo será considerado como acuerdo marco de carácter colectivo y que a los efectos de tornar aplicable sus términos a las empresas de la actividad, resultará indispensable que cada una de ellas adhiera al mismo mediante una nota que así lo refiera y en donde conste el listado de personal afectado dirigida a esta Cartera de Estado especificando los datos que permitan individualizar el plexo convencional y su resolución homologatoria.

Resolución 515/2020 - Homologación Acuerdo Comercio COVID-19

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Comentarios

0 #26674 osvaldo martin ruiz 07-07-2020 16:58
Escribo para consultar como y a donde hay que presentar la nota de adhesion a la Resolucion 515/2020.-
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