En el nuevo trámite, habilitado en «Trámites a Distancia» (TAD), las empresas deberán adjuntar el listado de personal afectado, completar la nota de adhesión incluida en el mismo y la representación de la empresa. A continuación se detallan los pasos a seguir.

Procedimiento para la adhesión - Suspensiones Art. 223 bis LCT

Pasos

  1. Ingresar a la web de Trámites a Distancia: https://tramitesadistancia.gob.ar/tramitesadistancia/nuevo-tramite
  2. Acceder con Clave Fiscal de la AFIP
  3. Buscar el trámite: «ADHESIÓN ACUERDO MARCO - Suspensión de la Prestación Laboral LCT - Prestación no Remunerativas»
  4. Hacer clic en "Iniciar trámite"
  5. Completar los datos del solicitante
  6. Hacer clic en "Continuar"
  7. Completar los datos solicitados, la nota de adhesión y adjuntar el listado del personal afectado.
  8. Hacer clic en "Confirmar trámite"

Capturas de pantalla

Paso 3

Paso 7

Comentarios

0 #26321 GSALONIO 18-06-2020 13:41
Hola las suspensiones por art 223 bis se pueden extender a los meses de Junio y Julio??Es para un comercio de venat de ropa, hasta ahora aguantó, trabajaron pero ya no puede y quiere suspenderlas.
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0 #26348 Hugo Alvarez 19-06-2020 16:57
Buenas Tardes!
¿No seria necesario suscribir acuerdos con los empleados? Solo informarles por algun medio que fue suspendido Art 223 bis LCT y que percibira un 75% del sueldo neto?
Gracias
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