La Secretaría de Trabajo homologó el acuerdo para empleados de comercio que regirá a partir de abril, efectuando importantes aclaraciones sobre el aporte de $ 100 a OSECAC, el carácter de las sumas no remunerativas y los pasos que deberán seguir las empresas que suspendan a su personal (Art. 223 bis).

COMERCIO - Res. 471/2021 - Homologación Acuerdo ABRIL 2021

Aclaraciones

La Resolución homologatoria hizo las siguientes aclaraciones:

  • Aporte de $ 100 con destino a la OSECAC (Artículo NOVENO): se aplicará respecto de los trabajadores afiliados a dicha Obra Social.
  • En relación al carácter de las sumas no remunerativas, se hace saber a las partes lo establecido en el Artículo 103 de la Ley N° 20.744 (sobre el concepto de remuneración)
  • Sobre la prorroga del acuerdo sobre suspensiones (Art. 223 bis): resultará indispensable que cada empresa adhiera al presente acuerdo marco mediante una nota que así lo refiera y en donde conste el listado de personal afectado dirigida a esta Cartera de Estado especificando los datos que permitan individualizar el plexo convencional y su resolución homologatoria, con los requisitos que surgen del siguiente enlace: https://www.argentina.gob.ar/adherir-los-acuerdos-marco-de-actividad-para-aplicar-susp ensiones-empresas

Resolución

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Comentarios

0 #32203 Patricia Eitel Miere 05-12-2021 09:11
Buenos días :Mí consulta es para saber si el aumento del 9% de noviembre va al sueldo . porque en el trabajo nos dijeron que es por única vez y que recién en febrero va al sueldo .osea que en diciembre no nos lo pagarían .desde ya gracias por el asesoramiento
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0 #31967 Braian torrico 09-11-2021 17:17
Hola que tal . Mí jefe cuando me da mí recibo de sueldo cuánta la plata no remunerativa por parte de mí salario no sé si está bien? O eso es aparte de mí salario!
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0 #31869 Loreley 31-10-2021 01:22
Consulta: estoy hace 8 meses trabajando en negro en un mercado soy repositora y Fiambrera a la vez. Me van a blanquear pero solo por 4hs y en realidad trabajo 6,5. Cómo sería el pago?
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0 #31825 Jonathan Rojas 27-10-2021 10:36
El pago es únicamente de $300.- de las empresas para los empleados que tienen la obra social OSECAC.
Un inspector de obra social nunca puede reclamar un pago por un empleado que NO tiene es su nomina de obra social...
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0 #30355 Loreley 29-05-2021 09:57
IMPORTANTE

Ud. está registrándose al Sistema de Presentación Mensual de Contribución Adicional y Solidaria de Empresas de la Obra Social de Empleados de Comercio y Actividades Civiles O.S.E.C.A.C.

Recuerde que este aplicativo es para uso del empleador con trabajadores encuadrados bajo C.C.T 130/75 de todo el territorio nacional..

Muchas gracias.
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0 #30029 Ronelson 03-05-2021 19:33
Hola tengo una consulta, soy empleado de comercio desde hace dos años trabajando 8hs de lunes a sábado 4horas en blanco y 4 en negro, hoy por primera vez me reducen el horario a las 4hs de blanco, mi pregunta es...
¿Está permitido?
Muchas gracias
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