A partir del mes de mayo los monotributistas tendrán derecho a cobrar las siguientes asignaciones: por hijo ( común y por discapacidad ), prenatal y ayuda escolar anual. Quienes tributen en la categoría J o superior quedarán excluidos, con excepción de la asig. por hijo con discapacidad.
Importes ( Rigen a partir de Mayo )
Categoría | Asignación | ||||
---|---|---|---|---|---|
Hijo | Prenatal | Ayuda escolar | Hijo con discapacidad | Ayuda escolar por hijo con discapacidad | |
B | $ 966 | $ 808 | $ 3150 | $ 808 | |
C | |||||
D | |||||
E | |||||
F | |||||
G | $ 649 | $ 2227 | |||
H | $ 390 | $ 1404 | |||
I | $ 199 | ||||
J o superior | No corresponde |
Situaciones contempladas en la norma
- Ambos cónyuges monotributistas: percibirá la asignación aquel que ostente la categoría de revista más alta ( y por el valor que a ésta le corresponda ). Si se encuentra registrado en la Categoría J o superior, todo el grupo queda excluido, con excepción de la asignación por hijo con discapacidad.
- Un cónyuge monotributista y el otro no ( pero trabajador, beneficiario de LRT, seguro de desempleo, jubilado o pensionado ): no será de aplicación la presente norma.
- Pagos al día: El Art. 3 del decreto impone como condición para el cobro de las asignaciones que el sujeto tenga efectivamente abonadas las imposiciones mensuales al monotributo.
Comentarios
porque en tramite analizan en que condicion laboral se encuentra
el otro progenitor.-
Saludos
Familiares (por ejemplo: mayo 2016) en realidad corresponden
a los meses anteriores, dado que sistema observa un desfasaje
de 2 meses.-En consecuencia, si el tramite es reciente, no va
a aparecer aun el pago.-Tener presente que la consulta se debe hacer
en el sitio Liquidaciones de Asignaciones Familiares Anses
ingresando en la grilla los datos que van pidiendo, y no en
Anses donde cobro??? dado que esto corresponde a fecha de pago
de Jubilaciones y/o pensiones.-
Saludos
el banco correspondiente, para depositarte su remuneración
y que Ud. también utilizo al informarle el CBU al Anses para
también hiciera el deposito de las asignaciones familiares.-
Si su empleador no dio de baja dicha cuenta y ud. la continuó
como caja de ahorro común en el mismo banco, puede
continuar con el mismo CBU, pero debe confirmarlo nuevamente
al Anses, ya se ingresando en Mi Anses con el Cuil y la
Clave de la Seguridad Social (se saca ahi mismo contestando
unas preguntas relacionadas al titular) y vamos a
Asignaciones Familiares , donde informamos medio de pago
para el cobro (Banco y CBU)
Si asi no fuera hay que abrir una caja de ahorro nueva,
salvo que elijamos la opcion Banco y Cobro por ventanilla
Tambien podemos, hacer ante cualquier duda en la
Oficina del Anses (sin turno) por mesa de Entradas
Saludos
O solo puede ser de la persona que cobra la asignación ? Gracias
el beneficio.-Si no queremos tener un gasto mensual fijo
podemos indicar en la pagina de Internet" Liquidacion de
Asignaciones Familiares Anses" el Banco y poner la opcion
cobro por ventanilla.-
Saludos
que pone el decreto, cuando uno de los progenitores es
monotributista y el otro está en relación de dependencia
lo debe cobrar, si corresponde, este último.-
Saludos
La de mi padre me aperce abajo: posee datos a verificar debera presentarse.
ya cargue el CBU ya que los datos de mi hijo por los que debería cobrar no tienen problemas.
Mi padre tiene 68 años y yo 37. Mi pregunta es si no me presento por lo datos de mi padre no me depositan lo de mi Hijo??
monotributistas que aportan a SIPA, de los que lo
hacen a sus Cajas Profesionales.-Si establece a que
categorias corresponde las asignaciones familiares
(B,C,D,E,F,G,Y I) para todas y las categorías J,K, y L
(solo pueden percibir la asignación familiar por hijo
con Discapacidad y la Ayuda Escolar Anual por Hijo
con discapacidad.-Con respecto a las excepciones
ya las indique al contestar la pregunta del Señor
Eduardo Gómez,en esta misma pagina.-Tener
presente que en todos los casos, cuando debemos
realizar la Actualización de los Vinculos Familiares
en el Anses, también toman en cuenta, en que
situación laboral o social se encuentra el otro
progenitor/a.-Por ejemplo: si ambos progenitores
son monotributistas y hayan cumplido con los
pagos mensuales, percibira la asignacion familiar
el que este en la categoria mas alta.-En igualdad de
condiciones,sera cobrada por la madre.-
Si ambos progenitores son monotributistas y uno de
ellos esta inscripto con una categoria J,K o L, en
este caso, queda el grupo familiar excluido del cobro
del salario, a excepcion a tengan derecho a la
asignacion por hijo con discapacidad.-
Saludos
esten inscriptos en el Monotributo, y la asignacion
familiar la cobraria el que este inscripto en la categoria
mayor, debiendo tener los pagos al dia, no se refiere
en ningun momento a que uno de ellos tenga el
Monotributo Social, y el otro el Monotributo comun
dado que en este caso por el decreto vigente no
estän incluidos en dicho decreto.-
Ello ocurre porque el monotributista social ya cobra
(o debe tramitar si no hizo) la asignacion universal
por Hijo Para Proteccion Social.-
Saludos
de jubilación tiene su esposo, porque en realidad el que debería
solicitarlo (no se por que motivo no hizo antes) seria el.-
Saludos
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