AFIP actualizó el aplicativo de "Compras y Ventas" a la versión 1.8. Como novedades, se habilita el campo Fecha de Vencimiento de Pago para los comprobantes:
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En la madrugada del sábado, el Poder Ejecutivo oficializó la publicación del Decreto en el Boletín Oficial, estableciéndose un incremento salarial para los meses de enero ($3000) y febrero ($ 1000 adicionales, totalizando $ 4.000 para dicho mes). Se otorgará a cuenta de las futuras paritarias y no se calcularán los adicionales del Convenio de la actividad, salvo que se acuerde lo contrario. Además, será proporcional a la jornada y las MiPyMES no pagarán la contribución al SIPA, siempre que cuenten con el certificado vigente o lo tramiten dentro de los próximos 60 días. El mismo beneficio tendrán las entidades sin fines de lucro.
El Consejo de la Ciudad de Buenos Aires consultó con la AFIP, quien manifestó que a efectos de cumplir con la obligación -cuyos vencimientos operan la semana entrante- deberán efectuarse las presentaciones con el sistema actual. Además, a posteriori, se habilitará un plazo especial para presentar las declaraciones juradas rectificativas.
LA FACPCE le envió una nota a la Lic. Mercedes Marco del Pont, Administradora Federal de Ingresos Públicos, en relación a Ley 27.541, art. 23, Contrib. Seg. Social, Detracción de base imponible, solicitando la adecuación de la aplicación “Declaración en linea de la Seguridad Social”.
Hoy en la tarde se van a dar a conocer todos los detalles y mañana sábado se publicará el Decreto en el Boletín Oficial. El aumento se otorgará tanto a trabajadores públicos como privados, en dos cuotas, la primera en este mes (alrededor de $ 3000) y la segunda en febrero. Será remunerativo y se descontarán aportes y contribuciones (salvo para las PyMES).
Desde el período octubre de 2019 comenzó a regir para los contribuyentes notificados en el Domicilio Electrónico un régimen de registración electrónica de operaciones denominado “Libro de IVA Digital”. Respecto al resto de los contribuyentes, la Resolución 4597/2019 estableció un cronograma de aplicación para todo el primer semestre de 2020 (ver a continuación), momento también en el que dejará de tener aplicación el Régimen de Información de Compras y Ventas de la RG 3685.
Mediante Resolución 2196/2019, la Dirección General de Rentas de San Juan actualizó los importes mensuales a pagar durante el año 2020 al Régimen Simplificado del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos.
A continuación el calendario de feriados para el año 2020 a tener en cuenta para la liquidación de sueldos.
Tras la finalización del IVA a «Tasa 0%», el Gobierno Nacional acordó con supermercadistas y proveedores un alza progresiva de los precios de los productos que estaban incluidos en el beneficio, que va del 0% para la leche hasta el 10,5% para el pan rallado y rebozadores.
Se espera que en esta semana el Gobierno Nacional termine de definir el aumento salarial (y sus características), el cual alcanzaría a trabajadores públicos y privados, se otorgaría junto al recibo de enero (a cobrar a principios de febrero) y no se calcularían aportes y contribuciones, pero si por Obra Social.
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