Antes de comenzar con el tema es conveniente aclarar que la Ley de Contrato de Trabajo en su artículo segundo limita su alcance a ciertos trabajadores. En concreto, no es aplicable a:
Esto es así porque estos trabajadores tienen regímenes legales propios.
Desde agosto los operadores del mercado lácteo deberán informar mensualmente las operaciones de compra de leche cruda a productores primarios. En forma excepcional, también deberán declararse las operaciones efectuadas en el último año.
Los trabajadores independientes tienen tiempo hasta fin de mes para analizar si corresponde el cambio de categoría.
Actualmente el sistema se encuentra desactualizado desde hace cinco años. Si bien los aportes al régimen se renuevan en marzo y en septiembre de cada año, los parámetros de ingresos se mantienen desactualizados desde aquella época.
La primera y segunda comisión, establecieron los salarios mínimos que regirán desde los meses de abril, agosto y diciembre de este año. Además, se fijo una asignación no remunerativa pagadera por única vez de $ 500.
De aprobarse el proyecto de ley, estas deudas, exigibles o no, deberán suprimirse de todos los informes crediticios, conocidos como "VERAZ", "Fidelitas", entre otros. De ahí en más, tampoco podrán informarse deudas inferiores a dos salarios mínimos.
Se informará respecto a los granos cosechados no destinados a la siembra, luego de haber informado la superficie productiva y con anterioridad a su traslado y comercialización. El régimen complementario, regirá desde la campaña agrícola 2012/2013.
Mediante Ley Impositiva 14.333 - Modificada por Ley 14.357 (Bol. Of. 31-05-2012) - , se fijaron para su percepción en el ejercicio fiscal 2012, los impuestos y tasas vigentes en la Provincia de Buenos Aires. En los apartados siguientes pueden consultase las alícuotas (generales y especiales), anticipos, montos mínimos, entre otros aspectos, aplicables al Impuesto Sobre los Ingresos Brutos.
La suspensión rige en toda la provincia de Buenos Aires siempre que el monto de la valuación fiscal no supere los $200.000. Por sucesivas prórrogas, las ejecuciones hipotecarias están demoradas desde el año 2005.
Desde el 2 de julio, los avisos comerciales sólo podrán publicarse a través del sitio web del Boletín Oficial, con excepción de: Transferencias de Fondos de Comercio; Balances de Entidades Financieras y de otras Entidades, ordenados legalmente; Escisión y Fusión de Sociedades.
El Ministerio de Trabajo publicó en su sitio web el texto del acuerdo salarial para empleados de comercio con el número 640/2012, homologado por Resolución 829/2012.
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