CP Jorge Vega
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Comercio CCT 130/75
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Construcción - UECARA CCT 660/13

AFIP RG 4885/20 - Retenciones 4ta: se habilita el computo de la percepción del 35% («Dólar»)

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Creado: 21 Diciembre 2020

Mediante Res. Gral. 4885/2020, la AFIP habilita al agente de retención el cómputo en la liquidación anual (o final) de la percepción del 35% por operaciones con moneda extranjera de la Res. Gral. 4.815.

AFIP - Res. Gral. 4882/20: Vencimientos entre el 15 y 17 de diciembre (se trasladan al 18)

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Creado: 18 Diciembre 2020

Las obligaciones de presentación de las declaraciones juradas y, en su caso, de pago de los impuestos y recursos de la seguridad social, con vencimientos fijados entre los días 15 y 17 de diciembre de 2020, ambos inclusive, que se detallan en el Anexo, se considerarán cumplidas en término siempre que se hayan efectivizado hasta el día 18 de diciembre de 2020, inclusive.

Comisión Arbitral - Dis. 8/2020: Vencimientos del 15 y 16 de diciembre (se "traslada" al 17)

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Creado: 18 Diciembre 2020

Se tendrán por realizada en término la presentación de la declaración jurada y el pago correspondiente al anticipo de noviembre del período fiscal 2020 del impuesto sobre los ingresos brutos-Convenio Multilateral, con vencimiento los días martes 15 y miércoles 16 de diciembre de 2020, registrado hasta el día 17 de diciembre de dicho año.

Ley 27605: Aporte Solidario y Extraordinario para Ayudar a Morigerar los Efectos de la Pandemia

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Creado: 18 Diciembre 2020

Se crea, con vigencia a partir de hoy (18/12/2020), con carácter de emergencia y por única vez, un aporte extraordinario, obligatorio, que recaerá sobre las personas mencionadas en el artículo 2° según sus bienes existentes a la fecha de entrada en vigencia de esta ley, determinados de acuerdo con las disposiciones de la presente ley.

Gastronómicos Comedores - CCT 401-05: desde diciembre, se acordaron pagos no remunerativos y remunerativos (34% de aumento)

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Creado: 16 Diciembre 2020

UTHGRA y las cámaras empresarias del sector (CACYR - CAECSAL, bajo el CCT 401/05 - Comedores públicos y Privados) acordaron el pago de sumas no remunerativas mensuales desde diciembre 2020 hasta abril 2021, las cuales se irán convirtiendo en remunerativas hasta incorporarse al básico en el mes de mayo de 2021. Además, se acordó una contribución empresarial de $ 450 mensuales por empleado, venciendo la primera de ellas el 18 de diciembre.

Repro II - Noviembre: El Ministerio de Trabajo definió los parámetros que delimitan el acceso al beneficio

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Creado: 16 Diciembre 2020

Mediante Res. 1066/2020 (ver aquí), el Ministerio de Trabajo definió, mediante la aprobación de las recomendaciones formuladas por el Cómite de Evaluación y Monitoreo del “Programa REPRO II” (Acta 1), los parámetros (de los indicadores) que se han considerado para el mes de noviembre.

AFIP Res. Gral. 4881/20 - Beneficios ATP Diciembre: se abre el registro desde el 17 de diciembre hasta el 23

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Creado: 16 Diciembre 2020

Se dispone que los empleadores podrán acceder al servicio “web” “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción - ATP”, desde el 17 de diciembre y hasta el 23 de diciembre de 2020, ambas fechas inclusive, a los efectos de obtener -de así corresponder- los beneficios establecidos en el Decreto Nº 332/20 (Postergación, Reducción, Salario Complementario o Crédito subsidiado), respecto de los salarios y contribuciones con destino al Sistema Integrado Previsional Argentino que se devenguen durante el mes de diciembre de 2020, o, en su caso, el beneficio del “Programa REPRO II”, de conformidad con lo dispuesto por la Decisión Administrativa de la Jefatura de Gabinete de Ministros Nº 2.181 del 11 de diciembre de 2020.

AFIP Res. Gral. 4878/20 - Participaciones Societarias: se prorroga su presentación al 30 de diciembre y se precisa el concepto de Beneficiario Final

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Creado: 14 Diciembre 2020

Se establece que el vencimiento de la obligación de presentación de la información contemplada en el Título I de la Resolución General N° 4.697, correspondiente al año 2019, y en su caso, a los años 2016, 2017 y 2018, operará -en sustitución de lo establecido en el artículo 2° de la Resolución General N° 4.839- el 30 de diciembre de 2020. Por otro lado, se modifican varios artículos de las resolución a los fines de precisar el concepto de Beneficiario Final.

Res. 1027/20 - Repro II: No se solicitará Certificación Profesional. Se extiende a actividades críticas y salud

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Creado: 14 Diciembre 2020

El Ministerio de Trabajo modifica los requisitos para que los empleadores accedan al programa Repro II (subsidio de $ 9.000 por trabajador). A partir de diciembre ya no se exigirán certificación profesional, salvo para empresas de 800 o más trabajadores. Desde enero, también podrán solicitarlo las actividades críticas y salud. 

Dec. Adm. 2181 - Programa ATP: Extensión a Diciembre

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Creado: 14 Diciembre 2020

Se adoptan las recomendaciones formuladas por el COMITÉ DE EVALUACIÓN Y MONITOREO DEL PROGRAMA DE ASISTENCIA DE EMERGENCIA AL TRABAJO Y LA PRODUCCIÓN, en el Acta Nº 27 y su anexo.

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