En el día de la Fecha (27/01/2021), UTHGRA y FEHGRA (CCT 389/04) acordaron el pago de una GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA NO REMUNERATIVA en 5 cuotas para los meses de enero a mayo 2021 (12% para enero y febrero; 22% para marzo y abril; 34% en mayo). El último tramo se convertirá a remunerativo en el mes de JUNIO (no se integrará al básico).
Nota relacionada: Gastronómicos y Hoteleros (CCT 389/04): se prorrogó el 223 bis hasta MAYO 2021 (con escala nueva)
UTHGRA - CCT 389/04: Acuerdo Salarial 27.01.2021
Resumen
- Aplicable a trabajadores NO SUSPENDIDOS ( para suspendidos por 223 bis VER ACUERDO QUE RIGE DESDE ENERO 2021 - clic aquí ).
- Se pacta el pago de una GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA NO REMUNERATIVA en 5 cuotas, en forma conjunta con los haberes devengados en los siguientes meses:
- Enero y Febrero - primer tramo: 12% s/ básico de Octubre
- Marzo y abril - segundo tramo: 22% s/ básico de Octubre
- Mayo - tercer tramo: 34% s/ básico de Octubre
- La suma pagada en Mayo (tercer tramo) pasa a REMUNERATIVA en el mes de JUNIO (no al básico)
- En los recibos se liquidarán bajo los siguientes conceptos, según corresponda:
- "Acuerdo 2020/2021 Primer Tramo - suma no remunerativa"
- "Acuerdo 2020/2021 Segundo Tramo - suma no remunerativa"
- "Acuerdo 2020/2021 Tercer Tramo - suma no remunerativa"
- "Acuerdo 2020/2021 Suma Remunerativa" (desde JUNIO)
- Aportes y contribuciones sobre las sumas no remunerativas:
- Por parte del trabajador:
- Cuota sindical 2,5% - afiliados
- Contribución solidaria 2% - no afiliados
- Seguros Art. 23 CCT: 1%
- Por parte del empleador:
- Seguros Art. 23 CCT: 1%
- Fondo convencional ordinario Art. 24: 2%
- Por parte del trabajador:
- Contribución Especial Empresarial de Asistencia Social: $ 2500 a pagar en 5 cuotas de $ 500 por cada trabajador comprendido en el CCT 389/04 (que apliquen las nuevas escalas), operando el primer vencimiento el día 15 de febrero.
- Contribución Solidaria (a cargo de los empleados no afiliados): 2% sobre el total de las remuneraciones sujetas a aportes y contribuciones, durante el período de vigencia del presente acuerdo (Junio 2020 a Junio 2021)