Artículo 1° — Las obligaciones de presentación de las declaraciones juradas y, en su caso, de pago de los impuestos a las ganancias y/o sobre los bienes personales —correspondientes al período fiscal 2015— de los sujetos comprendidos en las Resoluciones Generales N° 975, sus modificatorias y complementarias y N° 2.151 y sus complementarias —excepto las sociedades indicadas en su Artículo 30—, cuyos vencimientos operan durante el mes de abril de 2016, podrán efectuarse —en sustitución de lo previsto en la Resolución General N° 3.820—, hasta las fechas del mes de abril de 2016 que, según la terminación de la Clave Única de Identificación Tributaria (C.U.I.T.) del contribuyente, se indican a continuación:
Tanto la FACPCE y la AFIP, divulgaron en sus respectivos sitios web los nuevos vencimientos que originalmente comenzaban a regir a partir del lunes 11.
Así lo dispusieron las resoluciones 3845 y 3848 de la AFIP. El nuevo aporte pasa a ser de $ 419, en ambas situaciones, lo cual en el caso de monotributistas representa un incremento del 29,72%. En el caso del personal doméstico, el incremento porcentual es mayor (79,82%), ya que el importe llevaba más tiempo sin actualizar.
La AFIP estableció un cronograma de tres etapas, posponiendo la obligatoriedad que iba a comenzar a regir a partir del 1 de abril. Los responsables inscriptos que hayan facturado más de $ 2 millones durante el año 2015, deberán comenzar a facturar electrónicamente a partir del próximo mes. Quienes hayan obtenido ingresos menores , pero superiores a $ 500 mill , a partir del 1 de julio. El resto de los contribuyentes, a partir del 1 de noviembre.
Además del incremento de tasas, no podrán solicitarse una nueva adhesión cuando existan dos planes de pago por deudas impositivas y/o de la seguridad social ( en gestión administrativa o gestión judicial. Grupos A, E.1 y E.2 ); o cuando haya caducado un plan anterior ( por cualquier deuda y de la misma resolución ) dentro de los doce meses anteriores.
El mínimo para informar solamente bienes pasa de $ 96.000 a $ 200.000 ( ganancia bruta ), y para los que informan también ganancias pasa de $ 144.000 a $ 300.000. Los nuevos límites, rigen a partir del período fiscal 2015. Se sustituye el formulario 649.
La Confederación Argentina de la Mediana Empresa anunció que en el día de hoy se firmó el nuevo acuerdo para empleados de comercio. El mismo contempla un incremento del sueldo básico de un 20% ( por el semestre abril a septiembre ), el pago de dos sumas no remunerativas de $ 1000 en los meses de abril y junio ( se pagará del 1 al 7 de los mencionados meses ) y el pago de un aporte solidario de $ 100 a descontar en el recibo del trabajador.
La AFIP publicó en su sitio web una nueva versión del programa aplicativo para liquidar ganancias ( personas físicas ) y bienes personales.
La AFIP publicó las tablas con las valuaciones de autos, motos, camiones y vehículos destinados al transporte. Además, se informaron las cotizaciones de las monedas extranjeras, acciones y demás títulos valores, así como los correspondientes a las cuotas parte de los fondos comunes de inversión.
En una nota publicada el viernes 4 de marzo, la Confederación Argentina de la Mediana Empresa ( CAME ) anunció que se llegó a un acuerdo con el gremio mercantil, el cual se firmaría el día de hoy ( lunes 7 de marzo ). El mismo contempla: un 20% de incremento a partir del mes de abril ( por seis meses ) ; el pago de dos sumas no remunerativas de $ 1000 cada una a pagar en los meses de abril y junio; y un aporte solidario de $ 100 mensuales a descontar a los trabajadores afiliados a OSECAC.
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