Mediante Resolución 478, la AGIP dispuso modificar las alícuotas de retención y de percepción del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos para Contribuyentes con Alto Riesgo Fiscal. Respectivamente, la nuevas tasas, que regirán desde el próximo 1º de octubre, serán del 3,5% (antes 3%) y 4% (antes 6%).
Se calificará como 'temeraria y maliciosa' la conducta del empleador que incumpla un acuerdo homologado en sede judicial o administrativa y obligue al trabajador a continuar y/o promover la acción judicial.
Mediante Resolución 3167, la AFIP aprobó la versión 9 del programa aplicativo para la determinación e ingreso del Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta.
En el siguiente cuadro se puede consultar el Proyecto de Ley sobre "Protección al Dominio Nacional sobre la Propiedad, Posesión o Tenencia de las Tierras Rurales".
Los productores y operadores en el comercio de granos tendrán 60 días para registrar sus datos biométricos ante la AFIP: fotografía, firma, huella dactilar y documento de identidad, todos en formato digital.
El nuevo régimen comenzará a regir en noviembre de este año y se aplicará a las operaciones realizadas por las empresas de servicios de limpieza de edificios, de investigación y/o seguridad, y de recolección de residuos domiciliarios.
Desde octubre las donaciones a entidades exentas se podrán realizar entre múltiples opciones bancarias.
Mediante Resolución 48/2011, se establecen las condiciones para acceder a la bonificación adicional en el Impuesto Inmobiliario para las actividades industriales, hoteles, salud, gráficas y periodismo.
La Ley de Sociedades Comerciales se divide en tres grandes secciones. La primera parte es de aplicación a todas las sociedades. Luego, sigue el análisis particular para cada tipo societario y finaliza con los contratos de colaboración empresaria.
En la siguiente tabla se puede consultar la Ley actualizada y ordenada. Como siempre, la información se presenta en forma práctica, facilitando la lectura y búsqueda de la temática deseada.
La Comisión Arbitral aprobó la versión 2.0.2 del aplicativo SI.FE.RE que permite prescindir del uso de disquetes en aquellas presentaciones bancarias efectuadas para abonar el gravamen, intereses y multas, sin perjuicio de continuar posibilitando el pago en las formas vigentes en la actualidad —con disquete o electrónicamente.
Cargando PDF
( por favor aguarde un momento )