Se establece el pago de una asignación no remunerativa de $ 3.000, pagadero en dos tramos de $ 1.500 en octubre y diciembre para el personal que trabaje más de 16 horas de trabajo semanal; de $ 1.500,00, pagadero en dos cuotas de $ 750 en los meses de octubre y diciembre, a quienes trabajen entre 12 y 16 horas semanales; y de $ 1.000, en dos cuotas para octubre y diciembre de $ 500, para el personal que trabaje menos de 12 horas.

Resolución 4/2019 - COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO EN CASAS PARTICULARES

  • Visto y considerando
  • Articulado

ARTÍCULO 1°.- Establécese una asignación extraordinaria no remunerativa para el Personal comprendido en el Régimen establecido por la Ley N° 26.844, en el ámbito de todo el país, la cual se abonará conforme se detalla a continuación:

  • PESOS TRES MIL ($ 3.000,00), para el personal que cumpla una jornada semanal de más de 16 horas semanales, pagadero en dos cuotas de PESOS UN MIL QUINIENTOS ($ 1500,00) durante los meses de octubre y diciembre de 2019.
  • PESOS UN MIL QUINIENTOS ($ 1.500,00), para el personal que cumpla una jornada semanal de menos de 16 horas y más de 12 horas semanales, pagadero en dos cuotas de PESOS SETECIENTOS CINCUENTA ($ 750,00) durante los meses de octubre y diciembre de 2019.
  • PESOS UN MIL ($ 1.000,00), para el personal que cumpla una jornada semanal de menos de 12 horas semanales, pagadero en dos cuotas de PESOS QUINIENTOS ($ 500,00) durante los meses de octubre y diciembre de 2019.

ARTÍCULO 2°.- Establécese que las sumas establecidas en la presente no serán compensables a cuenta de futuros aumentos.

ARTÍCULO 3°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, y archívese. Luis Federico Canedi

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