Según la UOCRA, el incremento salarial establecido por el Decreto 14/2020 no se integra al salario básico ni se toma en cuenta para adicionales, Horas extras, Fondo de Cese Laboral, etc.  En la próxima negociación paritaria que regirá a partir de abril se analizará como se absorben estos importes dados a cuenta.

Ver: Construcción - Incremento Solidario: Dictamen de la Comisión de Asuntos Laborales – Aplicación Decreto 14/2020

Decreto 14/2020 - Incremento Solidario
Comunicado de la UOCRA

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Este decreto establece un INCREMENTO SOLIDARIO uniforme para todos los trabajadores que consiste en una suma fija de $ 3.000.- a partir del mes de Enero y de $ 1.000.-adicionales a partir de febrero. Para mayor aclaración: se cobrarán $ 3.000 en enero y $ 4.000 para los meses de Febrero y Marzo.

Estos importes son remunerativos, tienen los descuentos habituales previsionales y de obra social, pero no se integran al salario básico ni se toman en cuenta para adicionales, Horas extras, Fondo de Cese Laboral, etc.

A los efectos del cálculo de las remuneraciones de los trabajadores, las mismas se realizarán aplicando las tablas oportunamente homologadas con ajustes en enero y febrero 2020, con la misma metodología que siempre aplicamos y luego se deberá incorporar un código de “INCREMENTO SOLIDARIO”, por el importe que corresponda según cada mes.

En la próxima negociación paritaria que regirá a partir de abril se analizará como se absorben estos importes dados a cuenta.

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