UTHGRA acordó con CACYR y CAECSAL para el CCT 401/05 nuevas condiciones salariales, que reformula lo pactado en el mes de noviembre, estableciendo un nuevo cronograma de aumentos en los salarios básicos desde noviembre de 2024 hasta mayo de 2025. Se establece un mecanismo de compensación de las diferencias entre las escalas.
Gastronómicos CCT 401/05 - Acuerdo Marzo 2025
(Reformulación Acuerdo Noviembre 2024 - ver aquí)
Puntos claves
- Se reformula el acuerdo de fecha 22/11/2024, estableciendo nuevos salarios básicos para los meses de NOVIEMBRE 2024 A MAYO 2025:
- Noviembre 2024: los nuevos salarios básicos acordados son superiores a los definidos en el acuerdo de noviembre.
- Diciembre a Mayo 2025: los nuevos salarios básicos son inferiores a los establecidos en el acuerdo de noviembre (el cual solo definía los salarios hasta febrero 2025).
- Reformulación de Salarios: En relación a la reformulación de escalas de básicos aplicables con diferencias mensuales, las partes convienen los siguiente:
- Salarios de noviembre 2024 a febrero de 2025 (incluyendo SAC), abonados según “ACUERDO SALARIAL 22/11/24”: se compensarán las remuneraciones abonadas con las remuneraciones contempladas para los meses de MARZO, ABRIL y MAYO 2025 señaladas en los anexos. No corresponde reliquidar ningún periodo a ningún efecto.
- Salarios establecidos por “ACUERDO SALARIAL 22/11/24” no abonados, total o parcialmente: los empleadores deberán abonar los salarios y/o las diferencias resultantes, conforme se fijan en los anexos del presente acuerdo (dentro del quinto día de Homologado).
- El pago de las remuneraciones que se devenguen con fecha posterior a la homologación de este acuerdo, se harán en las fechas previstas por la ley y los montos expresados en los anexos.
- Contribución Empresaria (extraordinaria y excepcional): 3 CUOTAS DE $ 7.000 x TRABAJADOR, a pagar en las siguientes fechas:
- Las dos primeras, dentro del quinto día de homologado el acuerdo
(NO APLICABLES SI SE PAGARON LAS CUOTAS ESTABLECIDAS EN EL ACUERDO REFORMULADO DE FECHA 22/11/2024). - La tercera cuota, el 22 de abril.
- Las dos primeras, dentro del quinto día de homologado el acuerdo
- Contribución Solidaria para Trabajadores NO afiliados al sindicato:
- 2% sobre el total de sumas remunerativas
- Vigencia: desde junio/2024 a mayo 2025
- Trabajadores afiliados: pagan solamente la Cuota Sindical