Tras el aumento dispuesto por la Res. 62/2024, la AFIP difundió los valores actualizados para los trabajadores autónomos, vigentes a partir de Abril 2024.
Autónomos - VALORES desde ABRIL 2024
(Vigente desde las 00:00 hs del día 15/04/2024)
Tabla / Categoría | Actividad | Ingresos brutos | Aportes | ||||
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2024 | 2023 | ||||||
Desde | Hasta | Abril | Marzo | Diciembre | |||
I | III | Personas humanas que realicen la dirección, administración o conducción de sociedades comerciales o civiles, regulares o irregulares, y socios de sociedades de cualquier tipo. | $ 15.000 | 61.533,18 | $ 48.299,20 | $ 37.977,04 | |
IV | $ 15.001 | $ 30.000 | 98.453,04 | $ 77.278,67 | $ 60.763,23 | ||
V | $ 30.001 | 135.372,39 | $ 106.257,76 | $ 83.549,12 | |||
II | I | Profesiones, oficios, productores de seguro y demás locaciones y prestaciones de servicios. | $ 20.000 | 30.766,86 | $ 24.149,81 | $ 18.988,68 | |
II | $ 20.001 | 43.072,94 | $ 33.809,22 | $ 26.583,74 | |||
III | I | Otros sujetos que no realicen prestaciones de servicios ni sean directores o administradores de sociedades (no incluidos en las tablas I y II). | $ 25.000 | 30.766,86 | $ 24.149,81 | $ 18.988,68 | |
II | $ 25.001 | 43.072,94 | $ 33.809,22 | $ 26.583,74 | |||
IV | I | Afiliados voluntarios: miembros de consejos de administración de cooperativas que no perciban retribución alguna, titulares de condominios y de sucesiones indivisas que no ejerzan la dirección, administración o conducción de la explotación común, miembros religiosos, profesionales universitarios que aporten en cajas especiales, amas de casa, etc. | 30.766,86 | $ 24.149,81 | $ 18.988,68 |
Dependientes - Topes a la base imponible
Con el nuevo aumento, las bases imponibles máxima y mínima para el cálculo de los aportes y contribuciones a la seguridad social, desde el período devengado Abril 2024, son las siguientes:
- Límite mínimo: $ ( antes de $ 45. 281,15 ).
- Límite máximo: $ (antes $ 1. 471.616,10 ).
Concepto | Tope mínimo | Tope máximo | ||
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Aportes del trabajador | Contribuciones patronales | Aportes del trabajador | Contribuciones patronales | |
Jubilación - SIPA (Ley 24241) | $ 57.688,19 | $ 57.688,19 | $ 1.874.838,91 | Sin límite |
Instituto de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (Ley Nº 19.032) | $ 57.688,19 | $ 57.688,19 | $ 1.874.838,91 | |
Asignaciones familiares (Ley 24714) | No corresponde | $ 57.688,19 | No corresponde | |
Fondo Nacional de Empleo (Ley 24013) | $ 57.688,19 | |||
Obra social (Ley 23660) | $ 115.376,38 (1) o Remuneración Jornada completa (2) | $ 1.874.838,91 | ||
ANSSAL (Ley 23661) | $ 1.874.838,91 | |||
Riesgos del trabajo (Ley 24557) | No corresponde | $ 115.376,38 | No corresponde | $ 1.874.838,91 |
(1) 2 bases mínimas según lo dispuesto por el Decreto 921/2016 ( Hasta julio de 2016 eran 4, según lo establecía el derogado Decreto 488/2011 ).
(2) Según el art. 92 ter de la LCT, en caso de jornada parcial.
Comentarios
Yo no soy abogada, soy contadora, por eso no sabría aconsejarte sobre que te conviene, pero te ayudo en todo lo pueda!
Es cierto que por ser jubilado pagaria menos? Como es eso? tiene que preentar declaraciones mensuales de algo?
Asi aporté hasta 1995.En categoría D y terminé aportando en Categía G los últimos tres años. PERO en 1995 me jubilan con categía A (PORQUE).- Tengo las tirillas de consulta de autónomos con categoría D y G.
Cuando me quise jubilar en la Caja de Ingenieros en Córdoba tuve que completar con los años de Autónomos,por reciprocidad, debiendo percibir 37% de la Caja de Autónomos y 63 % de Caja de Ingeniero de Cba.( URGE RECONOCER.CATEGORIA D o G) en Autónomos en REPARACION HISTORICA actual.
OSCAR
Me faltan 2 (dos) me dijeron que aporte en el AFIP durante todo este año. Actualmente no tengo actividad económica. ¿Que categoría debo poner para inscribirme en autónomo o en su defecto monotributista?. En el AFIP cargue mis datos biométricos, tengo clave fiscal pero no puedo seguir el tramite de inscripción. no toma la categoría "Ama de Casa". Que categoria hay en su remplazo o que debo hacer?.
Gracias.
Para la registración de los trabajadores, se deberán suministrar los siguientes datos:
- En relación al empleador: apellido y nombres; domicilio fiscal; y CUIT o CUIL, según corresponde.
- En relación a cada empleado: apellido y nombres; CUIT o CUIL; fecha de nacimiento; fecha de nacimiento; domicilio real y código postal; y Clave Bancaria Uniforme (CBU), en caso de poseerla.
- En relación a la prestación: fecha de registración, la del efectivo registro, aunque en el caso de relaciones vigentes al 31 de mayo deberá consignarse la fecha en que se realice la inscripción en el registro; monto de remuneración pactada; cantidad de horas trabajadas por semana; domicilio en el que se realiza la prestación del servicio y código postal; Obra social; puesto desempeñado; modalidad de liquidación; y en su caso, fecha de cese de la prestación.
Cito a Normiisalas:
Gracias
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