El Ministerio de Salud de la Nación obligará a los comerciantes y productores de cigarrillos que coloquen en sus establecimientos, promociones, publicidades y productos, según corresponda, advertencias sanitarias sobre las consecuencias que produce en la salud el consumo de cigarrillos.

La Inspección General de Justicia permitirá llevar los detalles analíticos o inventarios de la composición de los rubros activos y pasivos, correspondientes al estado de situación patrimonial, en un Registro Auxiliar de Inventario en forma computarizada.

Luego de muchas décadas, nos encontramos con la alternativa de un anteproyecto de reforma al Código Civil y su unificación con el Código de Comercio, porque -es necesario adelantar- aún cuando lo que hoy día tenemos como estructura del Código de Vélez Sarsfield lleva un sinnúmero de reformas (la más importante fue la de la ley 17.711), siempre se ha trabajado sobre retoques puntuales. Es algo así como el “pinte, copie y pegue” al que nos estamos acostumbrando en estos tiempos. Una ley va cambiando algunos artículos, pero no existe un texto oficial del Código Civil, tal como lo podemos comprar en las librerías.

El Manual está destinado a todos los funcionarios y agentes de la Inspección General de Justicia (IGJ) y se aplicará a cualquier trámite en el que se pudieran detectar maniobras inusuales o sospechosas de lavado de dinero o de financiación del terrorismo.

Las fundaciones que reciban donaciones o aportes superiores a los $ 50.000 deberán presentar una declaración jurada sobre el estado de cumplimiento de la normativa de lavado de activos. Dicho reporte es complementario al recientemente implementado sobre la legalidad de los fondos recibidos.

Las personas físicas o jurídicas que comercialicen automotores en forma habitual, deberán controlar todas las operaciones de sus clientes a los fines de prevenir el lavado de dinero o la financiación del terrorismo. La medida comienza a regir a partir de hoy.

La CNV estableció que, en materia de lavado de dinero y para aquellas entidades que operen bajo su control, se deberán observar, en primer término, las normas de orden superior (Ley 25.246 y resoluciones de la UIF) y luego, las normas emitidas por dicho organismo.

Los agentes y corredores inmobiliarios deberán informar datos de sus clientes y controlar cada una de las operaciones que estos realicen a los fines de detectar situaciones sospechosas de lavado de dinero o de financiación del terrorismo.

La Unidad de Información Financiera (UIF) obligará a los registros de embarcaciones y aeronaves, así como, a los que operen en la compraventa de dichos tipos de bienes, a reportar situaciones de lavado de activos y/o de financiación del terrorismo.

En el marco de sus obligaciones frente a la prevención del lavado de activos y de financiación del terrorismo, la Inspección General de Justicia (IGJ) estableció que las sociedades de capitalización y ahorro deberán presentar anualmente una declaración jurada. Similar obligación regirá para las asociaciones y fundaciones que reciban donaciones o aportes de terceros.

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