Por Ley 4387, publicada en el Boletín Oficial de hoy, se estableció que los comercios deberán aceptar las devoluciones de productos no perecederos dentro de los 30 días posteriores a la venta. El contenido de la ley deberá informarse mediante carteles visibles en el establecimiento.
El registro tendrá como principal objetivo el reconocimiento público de aquellos contribuyentes que, en virtud de su compromiso frente a la comunidad, evidencien un correcto y responsable comportamiento en los aspectos social, económico y/o ambiental.
Mediante Resolución 3430/2013, publicada en el Boletín Oficial de hoy, la AFIP dio a conocer la agenda de vencimientos para el año 2013.
La AFIP dispuso la creación del formulario 572 Web, en sustitución del formulario en papel, que deberán confeccionar los empleados, jubilados y actores ante cada modificación de datos. La presentación es necesaria para que el empleador calcule en forma adecuada las retenciones del Impuesto a las Ganancias.
Quienes no sean contribuyentes de Ganancias y de Bienes Personales podrán solicitar por Internet la devolución de las percepciones, practicadas desde el mes de octubre, a partir de febrero de 2013.
Así lo dispuso la AFIP mediante la Resolución 3413. El importe respectivo deberá consignarse bajo el concepto “Beneficio Decreto Nº 2.191/12”.
La AFIP podrá dar inicio al procedimiento de "Fiscalización Electrónica" mediante notificación al domicilio fiscal del contribuyente, quién deberá contestar el requerimiento a través del sitio web de la AFIP. Ante su incumplimiento podrá realizarse la fiscalización en forma presencial y aplicarse multas, bajas de registros, entre otras sanciones.
En el registro deberán inscribirse quienes realicen más de 4 operaciones por mes y por un monto total que sea igual o superior a los $ 5.000. Además, deberán informarse a la AFIP cada 10 días y podrán estar sujetas a percepciones de IVA o retenciones de Ganancias. La medida se dio a conocer mediante la Resolución 3411 de la AFIP.
El Certificado permitirá a las sociedades comerciales, fundaciones, asociaciones civiles y entidades extranjeras acreditar la vigencia, regularidad y el pleno cumplimiento de sus obligaciones ante la Inspección General de Justicia. Se podrá solicitar desde el 1º de enero de 2013.
Quienes empleen personal con capacidades diferentes o ex presidiarios, y computen como pago a cuenta del Impuesto sobre los Ingresos Brutos la mitad de las remuneraciones pagadas a los mismos, deberán remitir por internet información sobre el personal contratado.
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