En el marco del nuevo régimen legal para empleadas de casas particulares, la AFIP habilitó el servicio "Registros Especiales de la Seguridad Social" en el cual se registrarán las relaciones de trabajo con el personal doméstico. Además, se deberán registrar las agencias de vehículos de alquiler bajo la modalidad de auto-remis.
La disconformidad podrá plantearse ante la AFIP dentro de los diez días posteriores a la notificación de la exclusión, accediendo al servicio “EXCLUSION DE PLENO DERECHO - DISCONFORMIDAD”, opción “PRESENTACION DE DISCONFORMIDAD”. El nuevo procedimiento comienza a regir a partir de hoy.
El aporte al sistema de salud se elevará a $ 100 mensuales (actualmente de $ 60 y sin modificaciones desde el año 2010). De ahora en más, dicho importe podrá ser actualizado por la AFIP en forma anual, tal como se establece para los contribuyentes del régimen simplificado.
A continuación se transcribe el pedido salarial que la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS) remitió a la Cámara Argentina de la Mediana Empresa (CAME). En líneas generales, se solicita un incremento no inferior al 25%, la implementación de un plus por tareas especializadas (Clarquistas, Despostadores, Repositores, etc.) y la reducción de la jornada laboral para cajeras a 36 hs semanales.
A partir de hoy y hasta el 31 de julio, rige el plazo para adherirse al plan de regularización de deudas impositivas, aduaneras y/o de la seguridad social vencidas al 28 de febrero de este año. Se contempla un máximo de 120 cuotas, con un valor mínimo de $ 150, y una tasa de interés del 1,35% mensual.
Tras la aprobación por ambas cámaras del congreso nacional, el poder ejecutivo promulgó el "Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares". A continuación se transcribe el texto completo de la ley que sustituye al régimen impuesto por el Decreto Ley 326/56.
El nuevo régimen para el personal doméstico, publicado en el boletín oficial de hoy, busca mejorar las condiciones laborales del sector, asemejando su regulación a lo establecido por la Ley de Contrato de Trabajo. Acceda al texto de la nueva ley y conozca sus aspectos más importantes.
El pago de las obligaciones de monotributistas y autónomos, cuyos vencimientos operen en los meses de abril, mayo, junio y julio de 2013, se considerará efectuado en término siempre que se efectivice hasta las fechas de vencimientos fijadas para los meses de agosto, setiembre, octubre y noviembre de 2013, respectivamente.
La UOCRA acordó junto a las cámaras empresarias del sector de la construcción, el pago de una suma no remunerativa en cuatro cuotas, que dependerá de la zona del país y oscilará entre los $ 2000 y $ 3000. La Secretaria de Trabajo homologó el acuerdo mediante la Res. 327 del día 20 de marzo de 2013.
En el día de ayer la AFIP habilitó un nuevo plan de facilidades de pago para deudas anteriores al 28 de febrero. A continuación, puede calcular el importe y la cantidad de cuotas según el monto de deuda a financiar.
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