CP Jorge Vega
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  • El Ministro de Economía anunció un paquete de medidas

    El Ministro de Economía, Luis Caputo, anunció un paquete de 10 medidas económicas que buscan terminar con el déficit fiscal, principal causa de la creciente inflación y crisis que vive el país. Entre otras medidas, se anunció una reducción de la estructura del Estado Nacional, de los subsidios a la energía, al transporte, obra pública y un sinceramiento del tipo de cambio a $ 800. Como medida compensatoria se incrementará la Asignación Universal por Hijo y la tarjeta alimentar.

  • AFIP incrementó la tasa de percepción sobre el dólar (del 70% pasa al 125%)

    Mediante Resolución 5450/2023, la AFIP decidió aumentar, desde hoy, la tasa de percepción sobre las operaciones en moneda extranjera alcanzadas por el “Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS)”. Esto alcanza, entre otras operaciones, al dólar que se destina como ahorro y a consumos en el exterior.

  • Nuevas restricciones al Dólar: Jubilados por el Nuevo plan de Regularización no podrán acceder al mercado de cambios

    Quienes sean beneficiarias del “Plan de pago de deuda previsional” previsto en la Ley N˚ 27.705 (u otros), no podrán, hasta tanto hayan cancelado la deuda, comprar "Dólar" para Ahorro, Ayuda Familiar u operaciones con derivados y vender títulos con liquidación en moneda extranjera (MEP, CCL).

  • AFIP - Res. 5272/22: Se reglamentan las modificaciones al Impuesto País y se incrementan las alícuotas de Percepción

    Se adecua la normativa a los fines de contemplar las modificaciones del Decreto 282/2022 (ver aquí) al Impuesto PAÍS y se incrementan las alícuotas de percepción para ciertos servicios e importación de bienes suntuarios.

  • Beneficiarios de subsidios de tarifas no podrán comprar dólares (Oficial, MEP y CCL)

    Así lo estableció el Banco Central el día de hoy (15.09.2022), mediante Comunicación "A" 7606. De esta manera, las personas usuarias de los suministros de gas natural por red, de energía eléctrica y de agua potable, mientras reciban subsidio en alguno o todos esos servicios, no podrán acceder al mercado oficial ni realizar operaciones con títulos y otros valores con liquidación en moneda extranjera.

  • Decreto 576/2022: Dolar Soja a $ 200 - Programa de Incremento Exportador

    Mediante Decreto 576/2022, se crea, de manera extraordinaria y transitoria, el PROGRAMA DE INCREMENTO EXPORTADOR con el objetivo de fortalecer las reservas del BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA y estimular la generación de ingresos genuinos del ESTADO NACIONAL, producto de la exportación de mercaderías con baja incidencia en las cadenas de valor de abastecimiento nacional.

  • Dólar - Todas las restricciones que están comunicando los bancos a sus clientes

    Los Bancos están comunicando por email a sus clientes las nuevas restricciones que impuso el BCRA a la compra de dólares, las cuales se enumeran a continuación.

  • AFIP - Resolución General 4659/2020: Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS). Ley N° 27.541. Régimen de Percepción. Su implementación.

    Se establecen la forma, plazos, requisitos y demás condiciones para la declaración e ingreso del impuesto, tanto por parte del agente de percepción como del sujeto imponible. Se aclara que los sujetos a quienes no se les hubiera practicado la percepción (en forma total o parcial), deberán abonar el impuesto no percibido hasta el día 25 del mes siguiente a aquel en que debió haberse practicado la aludida percepción, mediante un Volante Electrónico de Pago (VEP).

  • Comunicado A6815 - BCRA: se podrán comprar hasta U$S 200 mensuales por homebanking y hasta U$S 100 por ventanilla

    Se establece la conformidad previa del BCRA para el acceso al mercado de cambios por parte de Personas Humanas residentes para la constitución de activos externos, ayuda familiar y para la operatoria con derivados cuando supere el equivalente de US$ 200 mensuales en el conjunto de las entidades autorizadas a operar en cambios y en el conjunto de los conceptos señalados precedentemente. La operación deberá cursarse con débito a cuentas del cliente en entidades financieras locales, admitiéndose el uso de efectivo en moneda local en operaciones hasta el equivalente de US$ 100 en el mes calendario y en el conjunto de entidades autorizadas a operar en cambios.

  • Mercado de cambios: aclaraciones del Banco Central

    El BCRA aclaró que se mantendrá la plena libertad para extraer dólares de las cuentas bancarias, tanto para personas físicas como jurídicas y no habrá ninguna restricción a los viajes. Las personas humanas no tendrán ninguna limitación para comprar hasta USD 10.000 por mes y necesitarán autorización para comprar sumas mayores a ese monto.
    Las operaciones que superen los USD 1.000 deberán realizarse con débito a una cuenta en pesos, ya que no podrán realizarse en efectivo. 

  • Comunicación A6770: el BCRA estableció las regulaciones que regirán a partir de mañana ( Dólar - Mercado de Cambios )

    Luego de publicarse el Decreto que restringe el acceso al mercado local de cambios, el BCRA publicó la reglamentación. 

  • Mediante Decreto restringen la compra de dólares ( publicado en el Boletín de Hoy )

    Según el Decreto 609/2019, publicado en el Boletín de hoy ( domingo ), el Banco Central, establecerá los supuestos en los que el acceso al mercado de cambios para la compra de moneda extranjera y metales preciosos amonedados y las transferencias al exterior requerirán autorización previa, con base en pautas objetivas en función de las condiciones vigentes en el mercado cambiario y distinguiendo la situación de las personas humanas de la de las personas jurídicas.

  • La AFIP aumentó a 35% el recargo sobre compras en el exterior

    El recargo también se aplicará a las operaciones de compra de moneda extranjera destinados al turismo. Siguen alcanzadas las compras en el exterior con tarjeta de crédito/débito/compra, portales de internet o a través de agencias de viajes y empresas de transporte.

  • Se presentó un proyecto para blanquear capitales no declarados al fisco

    Quienes tengan dólares sin declarar, tanto en el país como en el exterior, podrán exteriorizarlos a través del sistema financiero o mediante la adquisición de bonos públicos destinados a proyectos productivos. No se exigirá el pago de impuestos y el plazo para el blanqueo será de tres meses desde la promulgación de la ley.

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