La AFIP publicó la resolución que aprueba la nueva versión del aplicativo, el cual estará disponible para su descarga a partir del 3 de abril ( asimismo, el sistema Declaración en Línea receptará las novedades ). Las declaraciones de enero , febrero y marzo podrán ser rectificadas hasta el 31 de mayo. Si arrojasen saldo a favor, por aplicación de los nuevos beneficios ( Ley 27.426 y 27.430 ), no será de aplicación el procedimiento de la Res. 3093. Si arrojasen saldo a pagar, su ingreso se considerará cumplido en término si se efectúa hasta el 31 de mayo de 2018.