Anticipos imputables al período fiscal 2011. Resolución General Nº 3061. Norma modificatoria.

La AFIP, mediante Resolución 3074/2011 (modifica a RG 3061), oficializó la suba del 20% en el mínimo no imponible, cargas de familia y deducción especial del Impuesto a las Ganancias (período fiscal 2011).

IMPUESTO A LAS GANANCIAS. Rentas del trabajo personal en relación de dependencia, jubilaciones, pensiones y otras rentas. Régimen de retención. Resolución General Nº 2437, sus modificatorias y complementarias. Norma complementaria.

Este viernes la AGIP a publicado la Resolución 814 que prorroga el vencimiento de la cuota del plan de facilidades de pago, establecido por Ley 3461, cuyo vencimiento operó el día 10 de Marzo de 2011, hasta el día 11 de Abril de 2011. Si coincide con día no laborable se pasa al siguiente día hábil.

Procedimiento. Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS). Régimen especial de emisión y almacenamiento electrónico de comprobantes originales. Resolución General N° 2485, sus modificatorias y complementarias. Norma complementaria.

Desde el 1 de mayo de 2011 los monotributistas encuadrados en las categorías H, I, J, K y L deberán emitir comprobantes electrónicos originales de acuerdo a lo establecido por la resolución 3067 de la AFIP, publicada hoy en el boletín oficial.

IMPUESTOS: Impuesto a las Ganancias. Declaración jurada período fiscal 2010. Ingreso del impuesto. Plazo especial. Anticipos imputables al período fiscal 2011. Resoluciones Generales Nros. 975, 327 y 2437, sus respectivas modificatorias y complementarias. Norma complementaria.

Mediante la Resolución 3056/2011 la AFIP ha extendido el universo de sujetos obligados a emitir comprobantes electrónicos originales.

Dicha norma obliga a los titulares de proyectos promovidos alcanzados por las siguientes leyes:

  1. Ley 22.021: Provincia de la Rioja.
  2. Ley 22.702: Provincia de Catamarca y San Luis.
  3. Ley 22.973: Provincia de San Juan.

La AFIP publicó en el Boletín Oficial (03/03/2011) la Resolución 3050 que establece las Valuaciones Mínimas Computables al 31 de diciembre de 2010 para el Impuesto al los Bienes Personales.

A los fines de determinar la base imponible es necesario determinar el valor de cada bien integrante del patrimonio personal al 31 de diciembre de cada año. Para ello la Ley 23.966 fija los criterios de valuación aplicable a cada tipo de bien, y en el inciso b) del artículo 22 (Valuaciones aplicables a los Bienes situados en el país) establece que, en el caso de automotores, el valor a consignar no podrá ser inferior al que establezca la AFIP.

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