La Administración Federal de Ingresos Públicos firmó un convenio de intercambio de información con la Secretaría de Transporte, que permitirá realizar cruces informáticos entre los organismos con el objetivo de optimizar los controles y agilizar la operatoria en las fronteras.
Mediante Resolución 3/2011, la Comisión Arbitral estableció el criterio con el cual las entidades emisoras, comercializadoras, administradoras y/o licenciatarias del sistema de Tarjetas de Créditos deberán efectuar la distribución de sus ingresos a los fines de calcular los coeficientes de distribución. La norma será de aplicación a partir del ejercicio fiscal 2012.
Administración Federal de Ingresos Públicos
OBLIGACIONES IMPOSITIVAS, DE LOS RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y ADUANERAS
Procedimiento. Ley Nº 11.683, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones. Régimen de facilidades de pago. Resolución General Nº 1966, sus modificatorias y complementarias. Su sustitución.
Mediante Resolución 3149, la AFIP trasladó la fecha de vencimiento hasta el próximo 31 de julio para que las sociedades presenten los estados contables en formato pdf . También se prorrogó la presentación del formulario de declaración jurada 969.
Mediante Resolución 33/2011 ARBA estableció los requisitos para acceder a las bonificaciones por buen cumplimiento en los impuestos inmobiliario, automotor y a las embarcaciones deportivas.
Mediante Resolución 32/2011, aún no publicada en el Boletín Oficial, ARBA extendió el plazo para acogerse a los planes de facilidades de pago por deudas impositivas hasta el 31 de julio.
El régimen de Monotributo nació con la idea de simplificar y abaratar el desarrollo de la actividad del pequeño contribuyente. Sin embargo, existe un tratamiento diferencial, para ciertos sujetos, que tiene como principal objetivo fomentar la economía formal y el acceso a la igualdad de oportunidades.
El titular o condómino (vendedor) de un vehículo usado deberá solicitar a la AFIP el "Certificado de Transferencia de Automotores" (CETA), con carácter previo a su transferencia. En el caso de que actúe un sujeto considerado "habitualista" (sea como adquirente, transferente o intermediario), será este el sujeto obligado a solicitar el certificado, liberando al titular del vehículo.
Desde el 1º de agosto, se deberá solicitar a la AFIP, con carácter previo a la transferencia, el "Certificado de Transferencia de Aeronaves" (CETAE).
En efecto, mediante Resolución 3119, la AFIP obliga a los titulares o condóminos de aeronaves usadas matriculadas en el país a cumplir con este nuevo régimen de información, en sustitución a lo dispuesto por la Resolución 2762/2010 (sólo en relación a dichas aeronaves). Es decir, ya no se deberá presentar, en el momento de la inscripción registral, el "Certificado de Bienes Registrables", sino el CETAE (Ver más abajo).
Es oportuno destacar que la nueva obligación es de similares características a la dispuesta para solicitar el CETA (RG 2729), en el caso de automotores.
Para que un comprobante sea fiscalmente válido debe reunir ciertos requisitos formales. La AFIP mediante Resolución 1415/2003 describe todos los datos mínimos que debe contener un comprobante.
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