Desde este mes, la alícuota general en el Sistema de Recaudación y Control de las Acreditaciones Bancarias (SIRCREB), para los contribuyentes del Régimen del Convenio Multilateral, será del 2,5%.
La Comisión Arbitral estableció, mediante Resolución 1-2012, que el uso del “Pago Electrónico SIRCAR” será de carácter optativo para los Agentes de Retención y Percepción incluidos en el Sistema. La nueva modalidad estará disponible a partir del 1º de marzo.
Como sucede con el comercio de bienes, la información suministrada será puesta a disposición de los organismos adherentes. La obligación alcanzará a todos los sujetos residentes en el país que sean prestatarios o prestadores de servicios con sujetos del exterior.
Las empresas de medicina prepaga deberán proporcionar a la AFIP información personal de sus clientes que abonen cuotas superiores a los $ 2.000 mensuales. El nuevo régimen informativo comenzará a regir a partir de abril.
Según el Fisco Nacional, el vencimiento para la presentación de la declaración jurada y el pago del IVA, correspondientes al mes de enero, operará entre los días 22 y 24 de este mes.
De esta forma, el Gobierno Nacional se propone fomentar la actividad productiva de tales clases de bebidas.
Mediante Ley 8.398, se fijaron para su percepción en el ejercicio fiscal 2012, los impuestos y tasas vigentes en la Provincia de Mendoza. En los apartados siguientes pueden consultase las alícuotas (generales y especiales), anticipos, montos mínimos, entre otros aspectos, aplicables al Impuesto Sobre los Ingresos Brutos.
La AFIP determinó que los comprobantes que confeccionen los prestadores de servicios de comunicación audiovisual por suscripción a título oneroso, serán considerados válidos siempre que se emitan a nombre del efectivo prestatario del servicio.
Así lo dispuso el Banco Central para las operaciones con fecha de embarque posteriores al 31 de enero.
El Código Fiscal prevé dos tipos de sanciones ante la falta de documentación respaldatoria: multa y decomiso. La aplicación de una o la otra depende de si la falta es parcial o total, y de otras circunstancias que establezca el fisco bonaerense. En esta oportunidad, ARBA introdujo modificaciones en pos de los principios de razonabilidad y proporcionalidad que deben existir en la aplicación de la sanción.
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