Mediante Resolución 3136/2011, la AFIP dispuso que para acceder a la reducción de la alícuota de contribuciones patronales (Art. 16 de la Ley Nº 26.476), el empleador que hubiera presentado las declaraciones juradas (F. 931) determinativas de las obligaciones con destino a la seguridad social correspondientes a los períodos devengados enero de 2011 y siguientes, identificando las nuevas relaciones laborales en el “Sistema de Cálculo de Obligaciones de la Seguridad Social - SICOSS”, con “Códigos de Modalidades de Contratación” distintos a los códigos 201, 202 ó 203, deberán proceder a su rectificación.

Los empleadores también deberán modificar los códigos informados en el Sistema “Mi Simplificación II”.

La presentación de las respectivas declaraciones juradas rectificativas y la modificación en el Sistema “Mi Simplificación II”, podrá efectuarse hasta la fecha de vencimiento prevista para la presentación de la declaración jurada correspondiente al período devengado junio de 2011.

Códigos de Modalidades de Contratación:

  • 201: Puesto nuevo Art. 16 Ley 26476 -primer año-
  • 202: Puesto nuevo Art. 16 Ley 26476 Trabajador discapacitado Art. 34 Ley 24147
  • 203: Puesto nuevo Art. 16 Ley 26476 Trabajador discapacitado Art. 87 Ley 24013

Vencimiento devengado junio 2011:

Terminación de CUITFecha de Vencimiento
0-1 07/07/2011
2-3 08/07/2011
4-5 11/07/2011
6-7 12/07/2011
8-9 13/07/2011

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