Se homologó el acuerdo de fecha 24/07/2023, entre FAECyS y las cámaras empresarias CCT 130/75, mediante el cual se estableció una recomposición salarial para el trimestre julio-septiembre 2023. En primer lugar, se acordó para julio un aumento del 4,5% sobre los salarios básicos de junio. Por otro lado, se acordaron sumas no remunerativas para los meses de julio (7,5% s/nuevo básico de junio), agosto (15%) y septiembre (22,5% en total), las cuales se incorporarán al básico en el mes de octubre. A continuación se pueden consultar los puntos claves, escalas y el texto completo del acuerdo.

Empleados de comercio - Nuevo acuerdo 24/07/2023

Calculadora Actualizada: (Clic aquí)

  • Puntos claves
  • Acuerdo completo
  • Escalas
  • Homologación Res. 1487/2023
  • Se acordó un aumento de los BÁSICOS DE JULIO, en un 4,5% sobre los valores vigentes en junio (por diferencia de los índices de inflación del trimestre abril-junio)
  • Se acordaron SUMAS NO REMUNERATIVAS:
    • Se pagarán en tres tramos, en los siguientes meses:
      • JULIO 2023: 7,5%
      • AGOSTO 2023: 15%
      • SEPTIEMBRE 2023: 22,5%
      • Base de cálculo: Nuevo Básico de Julio
    • En los recibos, se abonaran bajo la denominación "Incremento No Remunerativo - Acuerdo Julio 2023"
    • Adicionales aplicables: PRESENTISMO y ANTIGÜEDAD, los cuales se liquidarán en los recibos como:
      • Acuerdo Julio 2023 No Remunerativo Presentismo
      • Acuerdo Julio 2023 No Remunerativo Antigüedad
    • Aplicarán para el cálculo del SAC (Aguinaldo) e indemnizaciones por extinción del contrato laboral. 
    • Aportes y contribuciones aplicables:
      • Obral Social - OSECAC
      • Aportes sindicales y a FAECyS
      • Contribución INACAP
    • SE INCORPORARÁN AL BÁSICO EN EL MES DE OCTUBRE, por su valor nominal.
  • Absorción: solamente podrán ser absorbidos o compensados, hasta su concurrencia, los importes de carácter general, sectorial o individual, otorgados por los empleadores unilateralmente a partir del 1 de abril de 2023, que hubieren sido abonados a cuenta de los incrementos aquí acordados.
  • Vigencia: desde el 1° de julio de 2023 y hasta el 31 de marzo de 2024
  • Próxima reunión: octubre de 2023, a los fines de analizar las variaciones económicas que pudieran haber ocurrido.
  • Aumento anterior: 

Comentarios

+3 #35677 Alejandro G 25-07-2023 10:31
Buenos días!, El acuerdo contempla un No Remunerativo que debe ser considerado para Antigüedad y Presentismo, pero no habla si debe ser considerado para tareas en horas extras, nocturnidad, feriados trabajados, por ejemplo.
Cual es la posición de ustedes con respecto al alcance de ese No Remunerativo?
Gracias!
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+3 #35682 Cdor. Jorge Vega 25-07-2023 12:41
Buenos días, en principio, el acuerdo solamente establece lo mencionado. No aplicaría, en principio, para los demás conceptos.
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0 #35676 MIGUEL LAPLACE 25-07-2023 09:59
Buenos dias

Lleva contribucion ART?
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+3 #35681 Cdor. Jorge Vega 25-07-2023 12:39
Buenos días. Lleva contribución a ART.
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+20 #35675 Jorgelina Toscano 25-07-2023 08:09
Buen día! Cuándo estará disponible la calculadora con la nueva escala? Gracias!
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+8 #35683 Cdor. Jorge Vega 25-07-2023 12:41
Buenos días, entre hoy y mañana.
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+2 #35671 Laura Maria 24-07-2023 23:03
Hola Jorge gracias como siempre por el detalle! El 4,5% es acumulativo o no sobre sueldo junio? Es decie es base abril o base junio 2023? Gracias
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+1 #35684 Cdor. Jorge Vega 25-07-2023 12:42
Buenos días Laura, es acumulativo, aplicable sobre los básicos de junio.
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+2 #35669 Federicoo 24-07-2023 22:38
Buenas noches. A los tres aumentos No Remunerativos se les aplican los descuentos de jubilación, OS, etc? Gracias
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+1 #35670 Cdor. Jorge Vega 24-07-2023 22:57
Buenas noches, solamente OS y sindicales.
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