El Sistema de Fondo Compensador ha sido reemplazado por el Sistema Unificado de Asignaciones Familiares. Sin embargo, todavía existen empleadores que no han sido incorporados en el nuevo régimen.
Los motivos que enumera la ANSES (Circular 87/10) son los siguientes:
- Empresa no inscripta en la AFIP como empleador: La empresa se debe dar de alta en la AFIP como empleador. Una vez procesada el alta queda automáticamente incorporada en el SUAF.
- Empresa con actividad o forma jurídica incompatible con el SUAF y mal declarada en la AFIP: si la empresa posee una actividad o forma jurídica, declara en la AFIP, que no se corresponda con la realidad puede rectificarlas e informar la fecha de inicio de actividades. Una vez procesada la solicitud queda automáticamente incorporada en el SUAF.
- Colegio de enseñanza privada (ley 13047) que otorguen títulos oficiales: no se incluyen.
- Colegio de enseñanza privada (ley 13047) que no otorguen títulos oficiales: se debe solicitar la incorporación a la ANSES.
- Empresa con actividad principal no valida y con al menos una actividad secundaria compatible al SUAF: se debe solicitar la incorporación a la ANSES.
- Presentación fuera de término de alguna declaración jurada a la AFIP: se debe solicitar la incorporación a la ANSES.
- Empresa con razón social no coincidente con su actividad o forma jurídica declarada: se produce cuando la razón social induce a considerar que la actividad o forma jurídica se encuentran mal declaradas (Por ejemplo: Empresas que por su razón social aparentan ser del Estado: XX SAPEM, XX Soc. de Economía Mixta, etc; XX Municipal, Empresas que por su razón social aparentan ser colegios o academias de enseñanza; etc). Se debe solicitar la incorporación a la ANSES.
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