Diputados convirtió en ley, por unanimidad, el proyecto enviado recientemente por el poder ejecutivo, el cual establece que las asignaciones familiares se ajustarán en los meses de marzo y septiembre de cada año, según el índice de movilidad de los haberes jubilatorios. El primer aumento se hará efectivo en el mes de marzo de 2016. Quienes perciban alguna asignación familiar, no podrán aplicar la deducción por hijo o cónyuge en el impuesto a las ganancias.
Puntos claves de la nueva ley
- Se ajustarán en forma semestral todas las asignaciones familiares, con excepción de la asignación por maternidad (su monto equivale al sueldo bruto), según el índice de movilidad establecido por la ley 26.417.
- Con el mismo índice se ajustarán los rangos de ingresos del grupo familiar.
- Los topes mínimos y máximos de ingresos (actualmente de $ 15.000 por individuo y de $ 30.000 por grupo familiar) se ajustarán de acuerdo con la variación que se produzca en la ganancia no imponible y/o en las deducciones por cargas de familia, previstas en la ley de ganancias.
- Primer aumento: MARZO DE 2016
- La asignación universal (por hijo y embarazo) será un 30% superior en zona sur del país ( La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida y el Partido de patagones de la provincia de buenos aires).
- No podrá un mismo titular recibir prestaciones del régimen de asignaciones familiares y a la vez aplicar la deducción especial por hijo o cónyuge prevista en el Impuesto a las Ganancias.