La forma de calcular los adicionales fijos del convenio ( choferes, vidrieristas y cajeros ) se encuentra establecida en un acuerdo firmado el 26 de septiembre de 1983 (homologado por Resolución 57/83). En la tabla mostrada a continuación pueden consultarse los importes vigentes para el mes de noviembre.

Adicional Porcentaje Base ( Básico inicial ) Noviembre 2015
Armado de vidrieras (Art. 23) 3,83 % Vendedor B $ 431,42 $ 11.264,15 * 3,83 %
Faltante de Caja A y C (Art. 30) 1 12,25 % Cajeros A $ 1.342,41 $ 10.958,52 * 12,25 %
Faltante de Caja B (Art. 30) 1 48 % Cajero B $ 5.294,28 $ 11.029,78 * 48 %
Ayudante de chofer, primeros 100 kms. (Art. 36) 0,0082 % Auxiliar A $ 0,8986 $ 10.958,54 * 0,0082 %
Ayudante de chofer, más de 100 kms. (Art. 36) 0,01 % Auxiliar Especializado A $ 1,1081 $ 11.080,79 * 0,01 %
Chofer, primeros 100 kms. (Art. 36) 0,01 % Auxiliar B $ 1,1060 $ 11.060,42 * 0,01 %
Chofer, más de 100 kms. (Art. 36) 0,0115 % Auxiliar Especializado B $ 1,2954 $ 11.264,15 * 0,0115 %

Nota 1: Según el Art. 30 del Convenio, el adicional por fallo de caja es de carácter no remunerativo y se paga por trimestre calendario vencido ( marzo , junio , septiembre y diciembre ). Devenga presentismo ( según surge del Art. 40 del Convenio y de los acuerdos homologados por el Ministerio de Trabajo ). Los importes detallados en el cuadro anterior son anuales.

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Comentarios

0 #36709 Sofia Sanchez 29-01-2024 09:05
Buen día! saben como queda el adicional de cajeros a y c; cajeros B?
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