Así lo informó la AFIP en su sitio web en el día de hoy (Domingo 19/04). Los datos de la CBU se deberán cargar en los «Datos Complementarios» de cada empleado, dentro de «Simplificación Registral» (acceso con Clave Fiscal). Además, se deberá declarar el código de convenio colectivo de trabajo que sea aplicable.

NOTAS RELACIONADAS:

Aporte estatal para el pago de salarios
(NOTA DE PRENSA DE LA AFIP)

Los empleadores inscriptos en el ATP deberán cargar la CBU de sus empleados y el código del convenio colectivo de trabajo.

El programa ATP contempla distintas herramientas para amortiguar el impacto económico de las medidas de aislamiento social preventivo y obligatorio. Como fue informado por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) al finalizar el proceso de carga de información económica necesario para acceder a los beneficios, los empleadores que todavía no lo hubieran hecho deberán:

  • Declarar el código del convenio colectivo de trabajo para sus empleados.
  • Suministrar el CBU de sus empleados.

La información necesaria para acceder a los beneficios estipulados en el Decreto 332/20 debe presentarse a través del servicio Simplificación Registral de la AFIP.

A través de los beneficios previstos en el Decreto 332/20 el Estado podrá hacerse cargo del pago de una parte de las empresas registradas en el ATP.

Comentarios

+2 #26213 Marisolab 12-06-2020 01:15
Hola, si el empleado no tiene cbu propio puede usar el de su esposa? Que pasa si el empleador no quiere inscribir a su empleado?
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+1 #26150 Daniel vaca 08-06-2020 23:48
Hola yo trabajo en fábrica de conserva y los suspendieron a principios de mayo y en Anses figuro en reserva de puesto y me dicen que no me corresponde el ingreso familiar y no salgo en ATP tampoco que se puede hacer
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0 #25984 carlos leonardo 01-06-2020 18:13
hola segun la contadora de nuestra empresa para cobrar atp se podia poner cualquier cbu mientras no cobre atp yo no tengo cbu cobro efectivo en mano puse cbu de un amigo paso el primer atp y no cobre ya tenia aprobado y hasta el monto a percivir que tengo que hacer puedo cobrar el atp anterior o lo perdi gracias
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0 #25983 carlos leonardo 01-06-2020 18:10
hola buenas tardes puse un cbu de un amigo yo ya tenia eml monto a cobrar o sea ya estaba habilitado mi pago segun la contadora de la empresa se podia poner cualquier cbu mientras no cobre el atp hoy en dia no cobre el primer atp como tengo que hacer puedo reclamar el primer atp que no cobre o ya lo perdi no se se me deposito
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+8 #25871 Laureana 21-05-2020 11:48
Buenas tardes! me pasó que cargue mal el cbu de una empleada para el cobro correspondiente a abril. La empleada por supuesto no cobró, la pregunta es....que pasa si lo modifico y lo cargo ahora? puede que Anses le transfiera ahora el beneficio atp correspondiente a abril? (ya que nosotros le pagamos finalmente todo su sueldo).
Cuando debería modificarlo para que pueda cobrar directamente el beneficio de mayo? Ojala me puedan ayudar.
Muchas gracias!!
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0 #25724 Pao3355 12-05-2020 09:17
Buen día. Que pasa si el empleado no quiere abrir cuenta bancaria. Cómo puede recibir el dinero??
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+2 #25669 OSCAR HORACIO 08-05-2020 19:19
subi todos los cbu me sale el acuse de recibo de afip y sin embargo a los empleados les sale que no estan registrados. No depositaron nada
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+2 #25679 Maria NATALIA 09-05-2020 11:12
Hola:
Me pasa igual, supiste algo o sabes donde consultar?
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0 #25686 ALEJANDRA C 09-05-2020 17:15
Me pasa igual, los empleados aun no cobraron; siendo que la semana pasada informo los cbu y montos
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0 #25642 Cecilia Farfalla 07-05-2020 19:12
Para el cobro del salario complementario solicitan el convenio del trabajador , éste es el que se carga en el alta en sistema registral o hay que cargarlo tambien en otro lado?
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+1 #25636 Beatriz I Falsone 07-05-2020 16:45
LA CARGA DE CBU PUEDE HACERSE EN FORMA MANUAL UNO POR UNO? O ES OBLIGATORIO EL ARCHIVO TXT PARA CARGA MASIVA? YO LOS CARGUÉ EN FORMA MANUAL Y TODAVIA NO SALE EL LISTADO EN ATP NI ESTAN ACREDITADOS LOS IMPORTES.
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0 #25766 Flavia Martinez 14-05-2020 10:18
Cuento mi caso particular, en principio cargué en forma manual uno por uno y no tenia resultados. Como no salían los cbu en el listado, después hice la carga masiva y en menos de 24 hs estuvieron todos cargados.
No se si es obligatorio pero sugiero hacerlo de manera masiva.
Saludos!
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0 #25635 Beatriz I Falsone 07-05-2020 16:43
Los CBU se pueden informar uno por uno en forma manual? o es obligatorio por archivo txt en carga masiva? yo los informé en forma manual y todavia no aparece el listado en ATP ni acreditaron los sueldos complementarios
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