El Ministerio de Trabajo definió las remuneraciones mínimas que regirán desde septiembre de 2014 y enero de 2015. Serán de aplicación en todo el país, incluso Córdoba, hasta tanto se definan nuevas regulaciones por la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares o mediante negociación colectiva (Art. 8 de la Ley 26.844).

El personal doméstico que efectúe tareas incluidas en más de una categoría quedará comprendido en la que resulte la principal que desempeñe con habitualidad.

Ver: Servicio doméstico: Escalas salariales 2015-2016 ( 28% de aumento )

 

Escalas 2014-2015

Septiembre 2014

CategoríasTareas comprendidasPor horaPor mes
RetiroSin retiroRetiroSin retiro
1) SUPERVISOR/A Coordinación y control de las tareas efectuadas por dos o más personas a su cargo $ 37 $ 41 $ 4.740 $ 5.280
2) PERSONAL PARA TAREAS ESPECIFICAS Cocineros/as contratados en forma exclusiva para desempeñar dicha labor, y toda otra tarea del hogar que requiera especial idoneidad del personal para llevarla a cabo $ 35 $ 38 $ 4.404 $ 4.902
3) CASEROS Personal que presta tareas inherentes al cuidado general y preservación de una vivienda en donde habita con motivo del contrato de trabajo. $ 34 $ 4.296
4) ASISTENCIA Y CUIDADO DE PERSONAS Comprende la asistencia y cuidado no terapéutico de personas, tales como personas enfermas, con discapacidad, niños/as, adolescentes, adultos mayores. $ 34 $ 37 $ 4.296 $ 4.788
5) PERSONAL PARA TAREAS GENERALES Prestación de tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del hogar. $ 30 $ 34 $ 3.864 $ 4.296

Enero 2015

CategoríasTareas comprendidasPor horaPor mes
RetiroSin retiroRetiroSin retiro
1) SUPERVISOR/A Coordinación y control de las tareas efectuadas por dos o más personas a su cargo $ 40 $ 44 $ 5.135 $ 5.720
2) PERSONAL PARA TAREAS ESPECIFICAS Cocineros/as contratados en forma exclusiva para desempeñar dicha labor, y toda otra tarea del hogar que requiera especial idoneidad del personal para llevarla a cabo $ 38 $ 42 $ 4.771 $ 5.311
3) CASEROS Personal que presta tareas inherentes al cuidado general y preservación de una vivienda en donde habita con motivo del contrato de trabajo. $ 36 $ 4.654
4) ASISTENCIA Y CUIDADO DE PERSONAS Comprende la asistencia y cuidado no terapéutico de personas, tales como personas enfermas, con discapacidad, niños/as, adolescentes, adultos mayores. $ 36 $ 40 $ 4.654 $ 5.187
5) PERSONAL PARA TAREAS GENERALES Prestación de tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del hogar. $ 33 $ 36 $ 4.186 $ 4.654

Hasta Agosto 2014

CategoríasTareas comprendidasPor horaPor mes
RetiroSin retiroRetiroSin retiro
1) SUPERVISOR/A Coordinación y control de las tareas efectuadas por dos o más personas a su cargo. $ 31 $ 34 $ 3.950 $ 4.400
2) PERSONAL PARA TAREAS ESPECIFICAS Cocineros/as contratados en forma exclusiva para desempeñar dicha labor, y toda otra tarea del hogar que requiera especial idoneidad del personal para llevarla a cabo. $ 29 $ 32 $ 3.670 $ 4.085
3) CASEROS Personal que presta tareas inherentes al cuidado general y preservación de una vivienda en donde habita con motivo del contrato de trabajo. $ 28 $ 3.580
4) ASISTENCIA Y CUIDADO DE PERSONAS Comprende la asistencia y cuidado no terapéutico de personas, tales como: personas enfermas, con discapacidad, niños/as, adolescentes, adultos mayores. $ 28 $ 31 $ 3.580 $ 3.990
5) PERSONAL PARA TAREAS GENERALES Prestación de tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del hogar. $ 25 $ 28 $ 3.220 $ 3.580

La novedad se dio a conocer en el Boletín Oficial de hoy (02/10/2014), mediante la publicación de la Resolución 1062/2014 del Ministerio de Trabajo.

Cabe recordar que en el mes de abril de 2013 entró en vigencia la Ley 26.844 que establece un régimen especial de contrato de trabajo para el personal de casas particulares. Dicha ley sustituye la normativa anterior, que data del año 1956 (Dto. Ley 326/56, Dto. 7979, etc.), y tiende a equipar las condiciones laborales del sector estableciendo un régimen similar al dispuesto por la Ley de Contrato de Trabajo (Ley 20.744).

Comentarios

0 #21399 mario dellasanta 31-10-2018 19:18
solicitar para regularizar personal domestico
4 horas 5 dias por semana con retiro..sueldos ultimos doce años
y si se puede hacer un plan por las leyes sociales correspondientes desde que estan en vigencia.
muchas gracias
Responder | Responder con una citación | Citar | Reportar al moderador
+5 #12276 rita 17-12-2015 10:16
Hola quisiera saber si cuando sale un aumento mi empleador me lo tiene que pagar? supestamente ella me paga mas de lo que tengo que ganar!!!!!!!!! yo hago todo los quehaseres de la casa, cocino, plancho, corto el pasto, cuido 3 nenas de 5, 8, 10 años les hagos las tortas de cumpleaños. gracias!!!!!!!!!!!!!
Responder | Responder con una citación | Citar | Reportar al moderador
+5 #12254 liz 14-12-2015 09:19
Hola quería saber cuando cobrar x aser de lunes a jueves limpieza y cuidado de un nene los viernes quedó a dormir necesito asesorarme si me pueden ayudar
Responder | Responder con una citación | Citar | Reportar al moderador
+2 #12129 M.Pinto 30-11-2015 10:35
Buenos días desearía saber cuanto debo pagar, por el servicio de desayuno, almuerzo y limpieza de la cocina. por un mes. En la ciudad de Miramar Buenos Aires.
Responder | Responder con una citación | Citar | Reportar al moderador
+10 #12061 Lucianaa 19-11-2015 16:01
Hola trabajo en uns casa y kisiera saber cuanto tengo que cobrar. Trabajo 5 horas y media por dia 5 dias a la semsna no trabajo feriados ni fines de semana. Me encargo de la limpieza general de la casa y al cuidado de 2 nenas de 1 y 4 años quisiera saber cuanto tengo q cobrar. Muchas gracias
Responder | Responder con una citación | Citar | Reportar al moderador
0 #11954 cecilia uthurralt 04-11-2015 11:03
como es el tramite para blanquear casera
Responder | Responder con una citación | Citar | Reportar al moderador
+7 #11904 mely 28-10-2015 08:15
Hola, quisiera saber cuanto es lo que tengo que cobrar por el cuidado de una abuela. Mis tareas comprenden: Asistirla para caminar, ir al baño, higienizarce, cocinar, limpiar, control de medicamentos y darselos; así como tambien la aplicacion de oxigeno, toma de presion, saturacion y oxigenacion. Trabajo de lunes a viernes 8 horas diarías (4 a la mañana y 4 tarde noche), sabados y domingos 8 horas en el turno de la noche. Tengo entendido que las obras sociales no pagan lo mismo que un particular, pero no cuanto es por hora y tambien quisiera saber como es el tema de los francos. Si me podes sacar la duda te agradeceria.
Responder | Responder con una citación | Citar | Reportar al moderador
+1 #11897 ana maria muñoz 27-10-2015 17:38
hola necesito saber cual seria el sueldo aproximado que deberia cobrar por el cuidado de una persona mayor el no camina y habria que cambiar pañales .serian 12 horas diarias sin dias de descanso.les agradeseria mucho si pudiera ayudarme.gracias
Responder | Responder con una citación | Citar | Reportar al moderador
+2 #11740 josefina lópez 04-10-2015 13:56
Buenas tardes quiero información acerca de que importe salarial me corresponde,soy enfermera profesional y trabajo 8 horas diarias de lunes a viernes,el diagnostico médico de la paciente es bipolar.Mi tarea es higiene personal,cuidado en la alimentación, traslado al centro de salud,administración de medicamentos,activid ades terapéuticas como por ejemplo manualidades,lectura s,pinturas paseos etc.Es una paciente dependiente para todo tipo de actividad.muchas gracias saludo atentamente
Responder | Responder con una citación | Citar | Reportar al moderador
0 #11928 vichy 02-11-2015 12:36
Hola soy empleada domestica de un apart hotel trabajo de lunes a sábado y los domingos si es finde largo y feriados tambien cuanto debo cobrar
Responder | Responder con una citación | Citar | Reportar al moderador
+5 #11727 MARIATA 02-10-2015 08:34
HOLA QUERÍA SABER CUANTO DEBERÍA COBRAR CUIDO A DOS ANCIANOS LOS BAñOS AVECES LEES HAGO LA COMIDA Y LIMPIO LA CASA TRABAJO DE LUNES A VIERNES 4 HORAS X DIA ES DECIR 20 HORAS X SEMANAS O 80 HORAS X MES , GRACIAS.
Responder | Responder con una citación | Citar | Reportar al moderador

Escribir un comentario

POR CONSULTAS SOBRE SUSCRIPCIONES, ESCRIBIRNOS a estudio@jorgevega.com.ar