El fisco nacional adujo, entre otros fundamentos, que es ilegal la adquisición de divisas para la compra de inmuebles y que podría darse la situación ficticia de utilizar la vía del amparo como un medio para el atesoramiento de divisas en forma encubierta.
Ricardo Echegaray, titular de la AFIP, informó que se cancelarán las Claves Únicas de Identificación Tributaria (CUIT) de las mismas y que en su mayoría eran utilizadas para cometer fraude fiscal.
Mediante Decreto 1331, el Gobierno Nacional decidió aumentar el capital mínimo para poder constituir una sociedad anónima, luego de permanecer por 21 años en doce mil pesos ($ 12.000).
Un Juez Federal de Mar del Plata, hizo lugar a un amparo a fin de que la AFIP otorgue la correspondiente autorización o bien se abstenga de restringirle la compra de U$S 16.000 a una pareja, destinados a cubrir parte de la operación de compra de su vivienda única.
Siempre que sea posible, no se podrán adquirir dólares, sino la moneda de uso local del país de destino (pesos uruguayos, reales, etc.). Además, la declaración deberá ser confirmada por la empresa de transporte o por el operador turístico interviniente.
La verificación se dirigirá exclusivamente a la existencia de los papeles de trabajo y a la razonabilidad de su contenido. Con dicho fin, se decidió crear, dentro de la estructura del Consejo, un Sector denominado: “Control del Ejercicio Profesional”.
El aumento jubilatorio se pagará con los haberes de septiembre, llevando el mínimo a 1.924 pesos. El anuncio lo realizó la Presidenta de la Nación desde la Bolsa de Comercio de Buenos Aires, luego de destacar el pago del Boden 2012, que se realizará mañana.
La conformidad previa regirá para cursar operaciones en concepto de ayuda familiar. Además, los envíos superiores a U$S 300 requerirán la utilización de cuentas bancarias.
El Consejo Profesional bonaerense comunicó que se ha desarrollado un nuevo servicio para la generación de formularios de pago de las tasas correspondientes a los trámites de la Dirección Provincial de Personas Jurídicas, el mismo se pondrá en funcionamiento a partir del 2 de agosto del corriente.
Las empresas proveedoras de electricidad, agua, gas, telefonía y de circuitos cerrados de televisión deberán proporcionar información sobre sus clientes, tales como: niveles de consumo, montos facturados y condición frente al IVA. De esta forma, el fisco porteño perseguirá de cerca a quienes no declararen sus actividades o incumplan con cualquier deber fiscal.
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