El procedimiento será optativo y brindará notables beneficios a los contribuyentes y al fisco en cuanto a la acreditación de personería. Se creará un "Registro Único de Apoderados Electrónicos" y se podrán seguir utilizando los mecanismos actuales (poder ante escribano, etc.). Aún falta la publicación de la norma (Res. 37/14) en el Boletín Oficial.
En el Registro se incluirán a los empleadores con infracciones laborales por un plazo máximo de tres años, el cual les impedirá celebrar contratos con el Estado y acceder a los beneficios de la ley. Por otro lado, a los pequeños empresarios (con hasta 5 empleados) se les otorgará una reducción del 50% sobre las contribuciones a la seguridad social en forma permanente. Para empleadores con hasta 80 trabajadores, se establece un beneficio similar (durante 2 años) por las nuevas contrataciones que realicen.
No será necesario revestir la calidad de empleador y se podrán financiar deudas vencidas al 31 de marzo, en 24 cuotas, con una tasa del 1,90% mensual. Asimismo, los pequeños contribuyentes se encontrarán habilitados a adherir al régimen de pagos permanente, instaurado el año pasado, y se amplían los límites de facturación hasta los $ 30 y $ 50 millones anuales, según se trate de prestadores de servicios o de otras actividades.
Luego de sancionada la ley de promoción del trabajo registrado y prevención del fraude laboral, la Cámara de Diputados convirtió en ley las modificaciones al régimen general de infracciones laborales (Ley 25.212). Las multas serán proporcionales al salario mínimo y se actualizarán junto a las variaciones del mismo.
La AFIP publicó en su sitio web una nueva versión del programa aplicativo. Entre otras novedades, se modificaron los formatos de importación/exportación de las retenciones y percepciones.
Mediante Resolución 626, el Ministerio de Trabajo homologó el acuerdo de comercio con fecha 24/04/2014. Cabe recordar que el básico de convenio se incrementa un 17% a partir de abril y un 10% desde septiembre. También se pactó el pago de dos sumas no remunerativas de $ 1.200 en los meses de julio y noviembre.
Mediante Decreto 467/2014 se aprueba la reglamentación del Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares. Se regulan aspectos referidos al trabajo eventual y de temporada, período de prueba, trabajo de adolescentes, jornada de trabajo, formas de pago, vacaciones, reparación y prevención de riesgos del trabajo. Además, se crea sel Servicio de Conciliación Laboral Obligatoria para el Personal de Casas Particulares.
A continuación pueden consultarse los salarios básicos aplicables al personal panadero de la Capital Federal, Provincia de Buenos Aires y del resto del país. Cabe aclarar que en algunas regiones (Córdoba, Salta, Santa Fe, etc.) pueden acordarse salarios diferentes.
A continuación puede descargar la tabla de automotores en formato Excel, necesaria para liquidar el Impuesto sobre los Bienes Personales del período fiscal 2013. La aplicación permite realizar búsquedas por marca, tipo y modelo de vehículo. El resultado, puede ser copiado y procesado según sus necesidades.
En esta oportunidad, solamente será de aplicación para aquellos empleadores comprendidos en el régimen de sustitución de aportes emergentes de Convenios de Corresponsabilidad Gremial suscriptos en el marco de la Ley Nº 26.377. La prórroga rige desde el 1° de enero hasta el 31 de diciembre de 2014 y se dio a conocer el Boletín Oficial de hoy mediante la publicación del Decreto 232/2014.
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