La nueva modalidad, que regirá a partir de hoy, podrá ser utilizada por los beneficiarios titulares de una prestación previsional otorgada por la ANSES. Para realizar el trámite, se deberá contar con la Clave personal de la Seguridad Social (ver trámite).
Desde este mes, la alícuota general en el Sistema de Recaudación y Control de las Acreditaciones Bancarias (SIRCREB), para los contribuyentes del Régimen del Convenio Multilateral, será del 2,5%.
La información deberá suministrarse con anterioridad al momento de abonar las pertinentes retribuciones.
El nuevo régimen informativo se dio a conocer mediante Resolución 3279/2012 de la AFIP, publicada en el Boletín Oficial de hoy, y comenzará a regir respecto a los pagos que se realicen a partir del 1º de abril próximo.
La Comisión Arbitral estableció, mediante Resolución 1-2012, que el uso del “Pago Electrónico SIRCAR” será de carácter optativo para los Agentes de Retención y Percepción incluidos en el Sistema. La nueva modalidad estará disponible a partir del 1º de marzo.
Como sucede con el comercio de bienes, la información suministrada será puesta a disposición de los organismos adherentes. La obligación alcanzará a todos los sujetos residentes en el país que sean prestatarios o prestadores de servicios con sujetos del exterior.
Las empresas de medicina prepaga deberán proporcionar a la AFIP información personal de sus clientes que abonen cuotas superiores a los $ 2.000 mensuales. El nuevo régimen informativo comenzará a regir a partir de abril.
Las personas físicas o jurídicas que comercialicen automotores en forma habitual, deberán controlar todas las operaciones de sus clientes a los fines de prevenir el lavado de dinero o la financiación del terrorismo. La medida comienza a regir a partir de hoy.
Según el Fisco Nacional, el vencimiento para la presentación de la declaración jurada y el pago del IVA, correspondientes al mes de enero, operará entre los días 22 y 24 de este mes.
De esta forma, el Gobierno Nacional se propone fomentar la actividad productiva de tales clases de bebidas.
La CNV estableció que, en materia de lavado de dinero y para aquellas entidades que operen bajo su control, se deberán observar, en primer término, las normas de orden superior (Ley 25.246 y resoluciones de la UIF) y luego, las normas emitidas por dicho organismo.
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