La suspensión rige en toda la provincia de Buenos Aires siempre que el monto de la valuación fiscal no supere los $200.000. Por sucesivas prórrogas, las ejecuciones hipotecarias están demoradas desde el año 2005.
Desde el 2 de julio, los avisos comerciales sólo podrán publicarse a través del sitio web del Boletín Oficial, con excepción de: Transferencias de Fondos de Comercio; Balances de Entidades Financieras y de otras Entidades, ordenados legalmente; Escisión y Fusión de Sociedades.
El Ministerio de Trabajo publicó en su sitio web el texto del acuerdo salarial para empleados de comercio con el número 640/2012, homologado por Resolución 829/2012.
Podrán ingresar las divisas al sistema financiero local en los plazos de 90 y 180 días, en vez de los 30, 90 y 360 que se aplican a los demás exportadores. De esta forma, ya son cuatro las resoluciones que flexibilizaron los plazos originales.
Atento a que los bienes decomisados se destinan a fines sociales, ARBA reglamentó, mediante Resolución 20/2012, el procedimiento para solicitar al contribuyente la sustitución de dichos bienes por otros de igual valor y de mayor utilidad para las entidades beneficiarias.
La AFIP incorporó en su sitio web las opciones de compra de inmuebles, rodados, aeronaves, embarcaciones e instrumental médico. De esta forma, el fisco nacional comenzaría a liberar las fuertes restricciones al mercado cambiario.
De aprobarse el proyecto de ley, se habilitaría al contador público a participar en forma directa ante los órganos de la seguridad social sin necesidad que intervengan otros profesionales actualmente habilitados, como los abogados y procuradores de la matrícula.
Finalmente se homologó el acuerdo salarial para empleados de comercio. Recordemos que el incremento no remunerativo es del 24%: 15% en mayo y 9% en noviembre. Acceda a los detalles del acuerdo, a la escala salarial y a los recibos de sueldos para todas las categorías.
El Gobierno Nacional lanzó el plan para vivienda única familiar "Procrear Bicentenario". Se otorgarán créditos de hasta $350.000 a tasas anuales efectivas del 2% al 18%. No se exigirá requisitos mínimos de ingresos y se construirá sobre terrenos propios o del Estado Nacional.
Regirá para las sociedades que coticen en bolsa, excepto para las PyMES. El Código enuncia principios mínimos que rigen al gobierno societario, asegurando la transparencia de la gestión y, en consecuencia, la financiación de la entidad a un menor costo.
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