La Ley 26.476 (Régimen de regularización impositiva, promoción y protección del empleo registrado, exteriorización y repatriación de capitales.) otorga el beneficio de reducción de las contribuciones sociales por el termino de dos años desde el inicio de una nueva relación laboral. La reducción es del 50% para el primer año y del 25% para el segundo.
Como requisito indispensable, para el no decaimiento del beneficio, la ley establece que no se debe disminuir la plantilla total de trabajadores hasta los dos años posteriores a la finalización del régimen de beneficios.
En consecuencia el Ministerio de Trabajo estableció, mediante la Resolución 400/2011, que la plantilla de trabajadores a mantener hasta el 31 de diciembre de 2013 es la conformada por los trabajadores activos al 30 de noviembre de 2010.
Declaraciones juradas rectificativas de aportes y contribuciones con destino a los distintos subsistemas de la seguridad social. Convalidación de saldos a favor del empleador. Resolución General Nº 3834 (DGI), texto sustituido por la Resolución General Nº 712, sus modificatorias y complementarias. Norma complementaria.
A partir del 1 de junio regirá un nuevo procedimiento para que los empleadores puedan reducir, mediante rectificativa, el monto de aportes y contribuciones declarados en períodos anteriores. Así lo establece la Resolución 3093 publicada hoy en el Boletín Oficial.
Mediante Circular 8/2011 la AFIP aclaró cual es el tratamiento que se debe aplicar en el Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales a las rentas y bienes de la sociedad conyugal luego de la sanción de la ley de matrimonio igualitario (Ley 26618).
Mediante Resolución 2/2011, la Comisión Arbitral agrego dos campos al diseño de registro de percepciones y retenciones del Sistema SIRCAR.
Los nuevos campos permiten agregar el tipo de régimen de retención/percepción y el código de la jurisdicción a la cual se esta presentando la declaración jurada.
Según el nuevo informe sectorial del transporte ferroviario, elaborado por la AFIP, se desprende que el sector incremento la facturación en el año 2009, respecto al año anterior, en mayor proporción que el impuesto tributado.
Así lo dispuso la Ley 3.754 publicada hoy en el boletín oficial de la Capital Federal. En concreto la nueva norma dispone que "queda prohibido en toda la vía pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires efectuar publicidades de promociones, descuentos, entrega de regalos o sorteos, atados a la compra de alimentos procesados de elevado contenido en sodio, azúcar o grasas saturadas, cuando dichos mensajes publicitarios estén dirigidos a niñas, niños y adolescentes".
Recientemente la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) ha publicado cuatro regímenes de regularización de deudas provenientes de los impuestos Inmobiliario, a los Automotores, sobre los Ingresos Brutos y de Sellos. Estos regímenes tienen vigencia desde el 1 de marzo hasta el 30 de junio de 2011, y comprende deudas en etapas de fiscalización, prejudicial o judicial.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) realizó un operativo masivo en concesionarias de todo el país con el objetivo de inducir a los futuros compradores de vehículos de alta gama, a que los incluyan en sus declaraciones juradas de impuesto a las Ganancias y Bienes Personales próximas a vencer, en virtud de que el año pasado se detectó que presentaron irregularidades el 44% de los titulares de autos valuados en más de 180 mil pesos.
A partir de hoy, todos los viajeros podrán realizar su declaración de equipaje en forma on line, a través del servicio web de la AFIP que genera el formulario para la Declaración de Objetos Transportados como Equipaje (OM 121), evitando así demoras en su presentación ante la Aduana. Cabe recordar que, antes del salir del país, los viajeros deben declarar los objetos de valor fabricados en el extranjero, para evitarse la exigencia del pago de los impuestos que gravan la importación para consumo.
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