Además, se dispuso que los saldos impagos de créditos otorgados por entidades financieras, cuyas cuotas vencen entre el 1 de abril y el 30 de junio de 2020, no devengarán intereses punitorios. Por otro lado, a partir del viernes 3 de abril los bancos atenderán a jubilados, pensionados y beneficiarios de otras prestaciones a cargo de ANSeS (u otros).
Hasta el 30 de junio, inclusive, las entidades financieras no podrán cobrar cargos ni comisiones por las operaciones (depósitos, extracciones, consultas, etc.) efectuadas mediante todos los cajeros automáticos habilitados y operados en el país por ellas, sin límites de importe –salvo los que expresamente se convengan por razones de seguridad y/o resulten de restricciones operativas del equipo– ni de cantidad de extracciones, ni distinción alguna entre clientes y no clientes, independientemente del tipo de cuenta a la vista sobre la cual se efectúe la correspondiente operación.
Se suspende hasta el 30 de abril de 2020, inclusive, la obligación de proceder al cierre de cuentas bancarias y a disponer la inhabilitación establecidas en el artículo 1° de la Ley N° 25.730 (rechazo de cheques), como así también la aplicación de las multas. A su vez, se suspende hasta el mismo plazo, la obligación establecida en el artículo 12 de la Ley N° 14.499, respecto de que las instituciones crediticias requieran a los empleadores, en forma previa al otorgamiento de crédito, una constancia o declaración jurada de que no adeudan suma alguna en concepto de aportes y/o contribuciones, o que, habiéndose acogido a moratoria, se encuentran al día en el cumplimiento de la misma.
El Directorio del Banco Central autorizó hoy, a través de la Comunicación A6846, una nueva herramienta de financiamiento en pesos por la cual los bancos podrán financiar las exportaciones de las pequeñas y medianas empresas. Estos préstamos se otorgarán en pesos y devengarán la tasa de variación del tipo de cambio más un spread a convenir entre las partes. El exportador devolverá estas financiaciones con los pesos resultantes de la liquidación de sus exportaciones.
El Banco Central de la República Argentina dispuso a través de la Comunicación A6700 que las entidades financieras podrán ofrecer a los adolescentes de entre 13 y 17 años de edad una caja de ahorro, sin la necesidad de estar acompañados para su apertura por sus representantes legales. El titular de la cuenta será el menor, sin admitirse autorizados.
Tras la habilitación para que se puedan constituir plazos fijos en cualquier entidad bancaria y la ampliación de la exención al impuesto a los débitos y créditos, el BCRA comenzó a publicar una tabla comparativa de tasas de plazo fijo que los bancos irán actualizando cuando se produzcan modificaciones. Según la entidad, esta herramienta facilitará a los usuarios financieros hacer uso de la opción de suscribir plazos fijos online en cualquier banco, con independencia de que sean clientes o no, de manera gratuita y sin requisitos administrativos previos.
El Directorio del Banco Central de la República Argentina aprobó el aumento de los límites de las transferencias inmediatas de fondos a partir del 2 de mayo, por medio de la comunicación A6679.
Mediante Comunicación A6680, y tal como se anunció el día de hoy, el BCRA dispuso que el plazo máximo para que las entidades financieras acrediten en la cuenta de depósito abierta a nombre del proveedor o comercio adherido el importe de cada venta realizada en un pago –mediante la utilización de las tarjetas de crédito y/o compra que éstas emitan– será de 10 (diez) días hábiles contados desde la fecha de realización del correspondiente consumo por parte del titular o beneficiario de la tarjeta ( en vez de los 19 actuales ).
El Banco Central de la República Argentina (BCRA) publicó hoy la Comunicación A 6667, que permite a los usuarios realizar plazos fijos en cualquier banco que les ofrezca una mejor tasa, sean clientes o no. La medida regirá para canales digitales. Esta modalidad será simple y segura.
Así lo dispuso un comunicado del Banco Central, que rige desde el día de ayer. Por importes mayores se deberá operar a través de débito bancario, Mercado Electrónico de Pagos o mediante cheque a nombre del cliente.
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