Finalmente, FAECyS y las cámaras empresarias del sector (Convenio Colectivo 130/75) firmaron un nuevo acuerdo salarial. El mismo establece el pago de una suma no remunerativa del 5% a pagar en dos tramos junto a las liquidaciones de noviembre y diciembre de 2024. Dichos importes se incorporarán a los salarios básicos en los meses de diciembre 2024 y enero 2025, respectivamente.

Con fecha 22/11/2024 se acordaron, entre UTHGRA y las cámaras empresarias del sector (CACYR - CAECSAL, bajo el CCT 401/05 - Comedores públicos y Privados), incrementos en los salarios básicos para los meses de noviembre 2024, diciembre 2024, enero 2025 y febrero 2025 (4% en cada mes, calculados sobre los básicos de agosto, los cuales se suman al 20% acordado para octubre).

Conforme al mecanismo de actualización mensual establecida por la Res. 649/22, se fija en $ 1069 el valor de la suma fija a abonar por cada trabajador conjuntamente con la alícuota establecida en el Artículo 5° del Decreto N° 590/97, a partir del mes de Noviembre 2024 (Vencimiento Diciembre 2024).

El Gobierno Nacional definió, mediante Decreto 1027/2024, como no laborables con fines turísticos los días 2 de mayo, 15 de agosto y 21 de noviembre de 2025.

Es importante remarcar que tales días son considerados como NO LABORABLES, por lo que es facultad del empleador definir si en dichos días se trabaja o no. En ambos casos, se paga el día a valor normal (no como feriado). Todo esto conforme a las leyes 20.744 y 27.399.

La ARCA (ex AFIP) crea el Servicio denominado “Padrón de Trabajadores Independientes con Colaboradores” (PADIC), en el que deberán registrarse las relaciones entre los trabajadores independientes y los colaboradores independientes que se encuadren en el régimen previsto en el Capítulo IV del Título V de la Ley N° 27.742. Dicho servicio contará con información específica de los emprendimientos productivos y sus integrantes. También se establece el mecanismo para la presentación de la declaración jurada exigida por el Decreto 847/2024.

Conforme al mecanismo de actualización mensual establecida por la Res. 649/22, se fija en $ 1026 el valor de la suma fija a abonar por cada trabajador conjuntamente con la alícuota establecida en el Artículo 5° del Decreto N° 590/97, a partir del mes de Octubre 2024 (Vencimiento Noviembre 2024).

Se dio a conocer el texto del nuevo acuerdo salarial firmado el día 01/10/2024 entre la FAECyS y las cámaras empresarias del sector (Convenio Colectivo 130/75). El mismo establece el pago de una suma no remunerativa del 8% a pagar en dos tramos junto a las liquidaciones de septiembre y octubre de 2024. Dichos importes se incorporarán a los salarios básicos en los meses de junio y julio de 2025.

El Gobierno Nacional decidió extender al mes de octubre el pago del BONO EXTRAORDINARIO PREVISIONAL de $ 70.000 para jubilados y pensionados de ANSeS.

Conforme al mecanismo de actualización mensual establecida por la Res. 649/22, se fija en $ 989 el valor de la suma fija a abonar por cada trabajador conjuntamente con la alícuota establecida en el Artículo 5° del Decreto N° 590/97, a partir del mes de Septiembre 2024 (Vencimiento Octubre 2024).

Luego de la publicación del Decreto 847/2024, que aprueba la Reglamentación del Título IV -Promoción del Empleo Registrado- y del Título V -Modernización Laboral- Ley Nº 27.742, la AFIP establece los requisitos, plazos y demás condiciones que deberán observar los empleadores para solicitar la adhesión al Régimen de Promoción del Empleo Registrado, así como para el acogimiento al  plan de facilidades de pago.

Página 6 de 100