Se homologó el acuerdo del 18/01/2023, entre FAECyS y las cámaras empresarias, mediante el cual se pactaron incrementos en los salarios básicos para los meses de febrero (13%) y marzo (9,9%) de 2023, los cuales aplicarán sobre la suma del sueldo básico y los importes no remunerativos de diciembre y febrero, respectivamente. Con este nuevo acuerdo, el incremento total anual será del 98,08% para el mes de abril de 2023.

Empleados de Comercio - Acuerdo 18.01.2023
Incremento adicional del 22,9%

Puntos claves

  • Incremento total: 98,08% anual (Básico Abril 2023 / Básico Abril 2022).
  • Acuerdos anteriores: 21.04.2022 y 19.08.2022 (ver aquí) 
  • En esta oportunidad se acordaron los siguientes incrementos sobre los sueldos básicos:
    • Febrero 2023: 13% aplicable sobre la suma del sueldo básico y el NO remunerativo de Diciembre 2022
    • Marzo 2023: 9,9% aplicable sobre la suma del sueldo básicoel NO remunerativo de Febrero 2023
  • Básico de abril 2023: se conformará por la suma del básico de marzo de 2023 y el no remunerativo previsto para ese mes (según acuerdos anteriores).
  • Se aclara que las sumas NO remunerativas deberán ser tomadas en cuenta para el cálculo de las indemnizaciones originadas con motivo de la extinción incausada del contrato de trabajo.
  • Próxima reunión: marzo de 2023
  • Absorción: podrán ser absorbidos o compensados, hasta su concurrencia, exclusivamente los importes de carácter general, sectorial o individual, otorgados por los empleadores unilateralmente a partir del 1° de octubre de 2022 que hubieran sido abonados a cuenta de los incrementos determinados en el presente acuerdo.
  • Reintegro de gastos de Guardería/Cuidado (Dto. 144/2022): se establece que los empleadores podrán optar por el pago de una suma dineraria no remunerativa, en concepto de reintegro de gastos de guardería o trabajo de cuidado de personas, debidamente documentados.
    El monto a reintegrar será equivalente al 40% del salario mensual correspondiente a la categoría "Asistencia y Cuidados de Personas del Personal con retiro del régimen previsto de la Ley N° 26.844, o al monto efectivamente gastado en caso de que este sea menor.

Texto acuerdo

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Mayores

Maestranza

A

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B

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C

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Administrativo

A

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B

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C

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D

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E

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F

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Cajero

A

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B

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C

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Auxiliar

A

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B

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C

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Auxiliar Especializado

A

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B

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Vendedor

A

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B

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C

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D

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Menores 6 horas

16 años

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17 años

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Menores 8 horas

16 años

Maestranza
A

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B

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C

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Administrativo
A

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B

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C

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D

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Auxiliar
A

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B

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Auxiliar Especializado
A

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B

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17 años

Maestranza
A

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B

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C

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Administrativo
A

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B

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C

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D

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Auxiliar
A

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B

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Auxiliar Especializado
A

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B

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Adicionales

Armado Vidriera

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Cajeros A y C

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Cajeros B

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Ayudante < 100kms

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Ayudante > 100kms

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Chofer < 100kms

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Chofer > 100kms

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Homologación Res. 104

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Comentarios

+3 #34821 Vanina R. 01-02-2023 15:28
Como es el cálculo del 13% para que el básico del 02-2023 sea de $106.410,90???
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0 #34934 ALDEZ 18-02-2023 12:51
Para llegar al nuevo Sueldo Básico tenés que sumar al Básico de Abril 2022 ( $ 88.135.92) el monto vigente No Remunerativo ($ 52.440,88) esa suma es igual a $ 140.576,80... ésta es la Base de Cálculo a la cual debés aplicarle el 13% de incremento... De ese modo el 13% de incremento es igual a $ 18.274,98 que sumado a los $ 88.135,92 te da el nuevo Básico de $ 106.410,90...
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0 #34828 Elsa Bor 01-02-2023 23:31
es el 13% del basico y el 13% del no remunerativo, ambos importes se suman al básico.
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0 #34905 maca2023 13-02-2023 13:29
aumenta tanto el basico como el no remunerativo, osea que seria un 26% ?
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0 #34972 DANIEL ABEL 27-02-2023 10:21
No. El aumento es del 13% sobre el remunerativo de diciembre 2022 mas el no remunerativo diciembre 2022. El 13% calculado es todo remunerativo. lo sumas al remunerativo de diciembre 2022. El no remunerativo sigue siendo el mismo de diciembre 2022.
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+1 #34819 Celestina 01-02-2023 14:01
Buenas tardes. Cómo hacemos lo que no cobramos ni un bono de los que nos deberían pagar; y ni siquiera el sueldo establecido?? Quién controla y hace que se pague lo que deberían pagarnos??
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0 #34829 Frederick 02-02-2023 01:27
Puedes acudir a instituciones como:
- Secretaria de Trabajo (Provincial)
- Ministerio de Trabajo de la Nación
- AFIP.
Estás 2 últimas federales y las menos fuleras d las 3 opciones.

Otra que queda es q encares (firme bien) a tu empleador y le pidas para q te mejore la paga o el sueldo,
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+1 #34802 angelo 30-01-2023 14:24
Se puede descontar el bono de $ 24.000 cobrado en diciembre 2022 otorgado por el PRESIDENTE DE LA NACION ?
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+5 #34820 Rober 01-02-2023 14:49
Si, decile al presidente que te lo pague entonces.
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+3 #34801 angelo 30-01-2023 14:20
Consulta.... Me descuentan el bono de $ 24.000 que se cobro en diciembre 2022 del sueldo ?
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0 #34899 bolu 13-02-2023 08:46
xq te vieron cara de bolu
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+3 #34788 sandra car 27-01-2023 13:22
Entiendo que en el acuerdo de Agosto 2022, se modifico ; El % que se cobraria en enero 2023 segun el acuerdo de Abril, se adelanto para Agosto/22, sumando en agosto un 20.5 %. Pero la suma total siguio dando 59.5 Incremento total de ese acuerdo. Ahora con este nuevo del 22, 9% (feb/marz 2023) no da ni loco 98.08 % ,alguien por favor que explique donde quedaron los 15,68% :(
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+7 #34766 diegos 25-01-2023 15:27
el año pasado se dio un total de 59,5 no , y si ahora se da el 22,9 , seria un total de aumento de 82,4 . no 98, no se entiende nada , o que en enero no va a haber nada del año pasado?
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0 #34823 Susana252 01-02-2023 15:58
Sabes que calculé lo mismo!??? Y no sé en qué quedó el no remunerativo 2023 , es del 10,5 o del 10%?
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0 #34824 Susana252 01-02-2023 16:01
Me olvidé de decir que me refería a Enero 2023
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+6 #34776 nech 26-01-2023 13:18
no, porque el aumento es sobre el sueldo de diciembre. entonces hace 1.595*1.13 eso es febrero y abril es ese sueldo*1.099 que te da el total del 98%
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+1 #34790 sandra car 27-01-2023 13:27
ah tenes razon en este acuerdo cambiaron la base de Calculo, habra que ver en relacion a los basicos tomados anteriores , y deberia dar los 98 % , Gracias nech
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+15 #34765 Norberto Leiva 25-01-2023 14:35
Pregunta; se empieza a cobrar en marzo con el sueldo de febrero. O ahora en febrero cobrariamos el 13%? Gracias
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0 #34752 Emanuel Fraga 24-01-2023 11:30
Buenas tardes, tengo una consulta; según el PDF en el artículo QUINTO; el no remunerativo se toma en cuenta a la hora de realizar una indemnización por despido? Gracias
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+1 #34780 Leandro FIORE 26-01-2023 15:52
Sisi, hay que tenerlo en cuenta
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+4 #34749 SamuelGancedo 23-01-2023 21:45
Una consulta...No era que el aumento en total daría un 101% anual? Ahora resulta que es 98,08
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+3 #34750 Oscar Tucci 24-01-2023 10:11
Tiene razon Jorge Vega, el aumento del 101% es verso, como todo sindicato que guitarrea y cuida el bolsillo del empleador. Se quedo corto con el aumento, una verguenza!!!
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+4 #34763 Lucero javier 25-01-2023 12:09
La verdad como siguen aguantando a un sinvergüenza como cavalieri que les consigue el peor aumento, esto era del año pasado y se lo dan en febrero y marzo.total ellos viven en un mundo aparte.
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