Se firmó un nuevo acuerdo salarial para el CCT 389/04 (sector hotelero-gastronómico), estableciéndose el pago de sumas no remunerativas en cuatro tramos, a pagar la primera de ella, hasta el 20 de marzo (15%). Los tres pagos restantes se deberán realizar junto a los recibos de marzo (30%), abril (60%) y mayo (90%). Por último, se ratifica el nuevo básico para el mes de mayo 2024 (conforme al acuerdo de diciembre), y se incrementa el básico de junio, incorporando las nuevas sumas no remunerativas.
Gastronómicos CCT 389/04 - Acuerdo Febrero 2024
Acuerdo Anterior --> Diciembre 2023: $ 35.000 para diciembre y pagos no remunerativos para febrero y abril
Puntos claves
Se establecen los siguientes pagos no remunerativos, por única vez, en cuatro tramos:
- Primer Tramo - A pagar hasta el 20 de marzo: equivalente al 15% de los salarios básicos vigentes en Zona CABA para el mes de mayo de 2023.
- En los recibos se liquidará como "Acuerdo Complementarlo II 2023-suma no remunerativa primer tramo"
- Segundo Tramo - Marzo 2024: equivalente al 30% de los salarios básicos vigentes en Zona CABA para el mes de mayo de 2023.
- En los recibos se liquidará como "Acuerdo Complementarlo II 2023-suma no remunerativa segundo tramo"
- Tercer Tramo - Abril 2024: equivalente al 60% de los salarios básicos vigentes en Zona CABA para el mes de mayo de 2023.
- En los recibos se liquidará como "Acuerdo Complementarlo II 2023-suma no remunerativa tercer tramo"
- Cuarto Tramo - Mayo 2024: equivalente al 90% de los salarios básicos vigentes en Zona CABA para el mes de mayo de 2023.
- En los recibos se liquidará como "Acuerdo Complementarlo II 2023-suma no remunerativa cuarto tramo"
Se establecen nuevos salarios básicos para los siguientes meses:
- Mayo 2024: se incrementa conforme a lo establecido por el acuerdo de Diciembre 2023 (ver aquí).
- Junio 2024: se incorpora la suma no remunerativa establecida para el cuarto tramo - mayo 2024.
Sobre las sumas no remunerativas se deberán realizar exclusivamente los siguientes aportes y/o contribuciones:
- Aportes (trabajador):
- 2,5% por cuota sindical (afiliados)
- 2 % por contribución solidaria (no afiliados)
- 1% seguro de vida y sepelio (Art. 23 CCT)
- Contribuciones (empleador):
- 1% seguro de vida y sepelio (Art. 23 CCT)
- 2% del Fondo Convencional Ordinario (Art. 24 CCT)
Además, se pactaron los siguientes puntos:
- Contribución Empresaria (extraordinaria y excepcional):
- 3 CUOTAS DE $ 6.000 x TRABAJADOR, a pagar los días 20 de mayo, 20 de junio y 22 de julio de 2024.
- Contribución Solidaria para Trabajadores NO afiliados al sindicato:
- 2% sobre el total de sumas remunerativas
- Vigencia: desde febrero a junio 2024
- Trabajadores afiliados: pagan solamente la Cuota Sindical
Comentarios
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