La AFIP publicó en el Boletín Oficial (03/03/2011) la Resolución 3050 que establece las Valuaciones Mínimas Computables al 31 de diciembre de 2010 para el Impuesto al los Bienes Personales.
A los fines de determinar la base imponible es necesario determinar el valor de cada bien integrante del patrimonio personal al 31 de diciembre de cada año. Para ello la Ley 23.966 fija los criterios de valuación aplicable a cada tipo de bien, y en el inciso b) del artículo 22 (Valuaciones aplicables a los Bienes situados en el país) establece que, en el caso de automotores, el valor a consignar no podrá ser inferior al que establezca la AFIP.
La situación normal y habitual es que el empleador determine mensualmente, mediante declaración jurada, los aportes y contribuciones a la seguridad social. Este es el principio general, pero la ley 26.063 establece que la AFIP podrá determinar de oficio el importe de tales obligaciones cuando las declaraciones juradas:
La Ley 25.246 fue sancionada con el objetivo de prevenir e impedir el lavado de activos y la financiación del terrorismo.
Para cumplir con su objetivo la ley ha creado la Unidad de Información Financiera ( UIF ) que es la encargada del análisis, el tratamiento y la transmisión de información a los efectos de prevenir e impedir los delitos enunciados en el párrafo anterior.
Dentro de las facultades otorgadas por la ley al organismo (Art. 14) se encuentra la de "emitir directivas e instrucciones que deberán cumplir e implementar los sujetos obligados por esta ley, previa consulta con los organismos específicos de control".
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