El nuevo procedimiento, que sustituye a la Multinota en papel ( F206 ), permitirá efectuar electrónicamente presentaciones y/o comunicaciones escritas con carácter de declaración jurada, en el ámbito de las DGI y de los Recursos de la Seguridad Social de la AFIP. En una primera etapa se podrán efectuar presentaciones relativas a planes de pago, modificaciones del estado de la CUIT, cambio de fecha de cierre de ejercicio y solicitud de baja de impuestos.
Mediante Resolución 4502/2019, la AFIP deroga con efectos a partir del 01/07/2019 cuatro resoluciones en forma completa ( res. 3424, 3724, 3730 y 3906 ) y dos en forma parcial ( 3572 y 3692 ), las cuales habían creado diversos registros y regímenes de información y/o de retención.
La AFIP da respuestas a dos consultas que habían quedado pendientes sobre el Impuesto a las Ganancias y a la Renta Financiera, tras la reunión que se llevo a cabo en el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Chaco el 2 de mayo de 2019.
Se oficializó la prórroga de los Impuestos a las Ganancias, sobre los Bienes Personales y a la Renta Financiera. Los dos primeros vencerán los días 18, 19 y 21 de junio, mientras que las fechas de pago pasan a los días 19, 21 y 24. Respecto al Impuesto Cedular, el vencimiento para la presentación se extiende un mes más hasta el 19 de julio. Se aclara que quienes presenten mediante el procedimiento simplificado deberán conservar a disposición de la AFIP los papeles de trabajo que respalden el cálculo de los importes totales consignados.
La AFIP anunció la prórroga para la presentación del Impuesto a las Ganancias y Sobre los Bienes Personales para los días 18, 19 y 21 de junio. Las fechas para el pago pasan para el 19, 21 y 22 de junio. Respecto al Impuesto Cedular ( Renta Financiera ) el vencimiento pasa para el 19 de julio, mientras que se mantiene el plazo para el pago.
La AFIP estableció las disposiciones que deberán cumplir los fideicomisos y fondos comunes de inversión que exentos de tributar el Impuesto a las Ganancias en virtud del artículo 205 de la Ley 27.440.
La consulta, que deberá versar acerca de la determinación de los impuestos o recursos de la seguridad social, y su respectiva respuesta vincularán exclusivamente al consultante y a la AFIP con relación al caso estrictamente consultado, en tanto no se hubieran alterado las circunstancias, antecedentes y demás datos suministrados hasta el momento del dictado del acto mediante el cual se responda la consulta.
La FACPCE en representación de los 24 consejos profesionales, solicitó a la AFIP, en el día de hoy, la prorroga de las fechas de vencimiento de los impuestos a las ganancias, sobre los bienes personales y el impuesto cedular.
La AFIP anunció que desde el mes próximo se pondrá en marcha el servicio de “Presentaciones Digitales”, que reemplazará al formulario Multinota (F206), el cual ya no será necesario presentar en agencia.
Junto a las dos formas de determinación y pago del impuesto a la renta financiera ( Declaración Completa y Declaración por VEP ), el Consejo Porteño anticipó que a partir de mañana se habilitará una vía intermedia a través del servicio "Ganancias Personas Humanas - Portal Integrado". Mediante la nueva opción, se podrá hacer una declaración global por tipo de renta en vez de realizar la carga de inversión por inversión. La ventaja en relación a la presentación por VEP, es que de esta forma se podrán utilizar los saldos de libre disponibilidad que posea el contribuyente.
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