La AFIP publicó en su sitio web las valuaciones de los automotores, camiones, motocicletas y motos. De esta forma , luego de dos semanas de publicaciones parciales, ya pueden consultarse todas las tablas para la liquidación del impuesto.
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La AFIP publicó una guía con el paso a paso para que los contribuyentes declaren las ganancias provenientes de rendimientos, intereses y/o enajenación de valores o depósitos a plazo; y las que provienen de la enajenación y/o transferencia de derechos de inmuebles.
Es oportuno tener en cuenta que si bien la AFIP publica guías orientadas al contribuyente para que este liquide sus impuestos ( fomentando el "hágalo usted mismo" ), no es aconsejable hacerlo sin la asesoría de un Contador Público matriculado.
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Mediante Resolución 4466/2019, la AFIP definió que la información correspondiente a las tablas de automotores, títulos y demás valores, la publicará anualmente en su sitio web ( http://www.afip.gob.ar/gananciasybienes/) con una antelación mínima de 40 días a la fecha de vencimiento del impuesto. Cabe recordar que hace unos días se publicaron alguna de las tablas y en el día de ayer las cotizaciones correspondientes a las obligaciones negociables.
Se modifican las alícuotas para determinar el monto de la percepción aplicable en la importación definitiva de cosas muebles gravadas por el IVA.
Se podrán financiar deudas vencidas hasta el 31 de enero, incluidas las retenciones y percepciones. El plazo máximo de cancelación será 60 cuotas ( 5 años ) con una tasa del 2,5% mensual, si se trata de una PyME, monotributista o autónomo. Para el resto de los contribuyentes, se exigirá un anticipo del 20% para mantener la tasa mencionada. Se podrán hacer múltiples planes y la primer cuota deberá cancelarse el 16 de septiembre.
El Gobierno Nacional anunció el paquete de medidas que tienen como objetivo reactivar el consumo, contener los precios y dar alivio financiero a las empresas. Conozca todos los puntos.
A los fines de transparentar la cadena de comercialización de pollos parrilleros y/u otras aves terminadas, se establece que la emisión de las liquidaciones de compraventa de los mismos, así como la compraventa de animales vivos y carnes a través de consignatarios se realice mediante un comprobante electrónico específico para la actividad. La misma obligación regirá para la emisión de las liquidaciones de crianza de pollos parrilleros efectuada para terceros, que incluirá parámetros productivos y de eficiencia, con el objeto de promover la transparencia comercial dentro del sector.
Así fue establecido mediante resolución conjunta N° 4460/2019 de la AFIP y la Secretaría de Gobierno de Agroindustria, la cual será de aplicación optativa para las operaciones que se efectúen desde el 18/04/2019 y obligatoria para las operaciones que se efectúen desde el día 01/06/2019, inclusive.
En el marco del almuerzo organizado por nuestro Consejo, el titular de la AFIP, Leandro Cuccioli, puso paños fríos a sus dichos de días atrás sobre lo que facturan los contadores al señalar: “No me refería a los contadores, abogados o ingenieros, me refiero a la AFIP [...] Ustedes terminan haciendo las cosas a las 2 de la mañana por culpa nuestra y por supuesto que el profesional tiene que cobrarle eso al cliente. Es un tema de bajar el costo de cumplimiento en la Argentina”.
Así lo anticipó el titular de la AFIP, en el marco de un encuentro llevado adelante en el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad de Buenos Aires (Cpcecaba), el cual será anunciado mañana por el Presidente de la Nación, conjuntamente con otras medidas.
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