El acuerdo, entre la FAECyS y las cámaras empresarias del sector (CAC, CAME y UDECA - CCT 130/75), establece un aumento no remunerativo del 5,4% a pagar en tres tramos en los meses de Abril, Mayo y Junio 2025. Además, se establece una suma fija no remunerativa de $ 125.000, fraccionada en pagos $ 35.000 para abril, $ 40.000 para mayo y $ 40.000 para junio.

Tras el último acuerdo de fecha 29-04-2025 (ver aquí), se plantean más dudas que certezas sobre la liquidación de las sumas fijas no remunerativas, en particular en cuanto a su devengamiento, fecha de pago, adicionales, cálculo de SAC, feriados, indemnizaciones y aportes/contribuciones aplicables. A continuación se brindan respuestas a todos estos interrogantes.

Estoy recibiendo múltiples consultas sobre dichas sumas, si se pagan adicionales, si se calculan descuentos, SAC, feriados, etc. A continuación expongo algunas aclaraciones sobre el asunto.

Conforme al mecanismo de actualización mensual establecida por la Res. 649/22, se fija en $ 1.303 el valor de la suma fija a abonar por cada trabajador conjuntamente con la alícuota establecida en el Artículo 5° del Decreto N° 590/97, a partir del mes de Abril 2025 (Vencimiento Mayo 2025).

Conforme al mecanismo de actualización mensual establecida por la Res. 649/22, se fija en $ 1.227 el valor de la suma fija a abonar por cada trabajador conjuntamente con la alícuota establecida en el Artículo 5° del Decreto N° 590/97, a partir del mes de Marzo 2025 (Vencimiento Abril 2025).

UTHGRA acordó con CACYR y CAECSAL para el CCT 401/05 nuevas condiciones salariales, que reformula lo pactado en el mes de noviembre, estableciendo un nuevo cronograma de aumentos en los salarios básicos desde noviembre de 2024 hasta mayo de 2025. Se establece un mecanismo de compensación de las diferencias entre las escalas.

El acuerdo, entre la FAECyS y las cámaras empresarias del sector (CAC, CAME y UDECA - CCT 130/75), establece un aumento no remunerativo del 5,1% a pagar en tres tramos del 1,7% en los meses de Enero, Febrero y Marzo 2025. La partes se comprometieron a reunirse nuevamente en el mes de abril.

Conforme al mecanismo de actualización mensual establecida por la Res. 649/22, se fija en $ 1.196 el valor de la suma fija a abonar por cada trabajador conjuntamente con la alícuota establecida en el Artículo 5° del Decreto N° 590/97, a partir del mes de Febrero 2025 (Vencimiento Marzo 2025).

Se establece con carácter extraordinario y por única vez, conjuntamente con el pago masivo de la Asignación por Ayuda Escolar Anual para la educación inicial, general básica y polimodal a efectuarse en el mes de marzo de 2025, un refuerzo adicional, por un monto equivalente a la diferencia entre el importe de $ 85.000 y el valor que surja de la determinación de la Asignación por Ayuda Escolar Anual para dicho mes.

UTHGRA y FEHGRA firmaron un nuevo acuerdo salarial para el CCT 389/04, que reformula lo pactado en el mes de diciembre, estableciendo un nuevo cronograma de aumentos en los salarios básicos desde noviembre de 2024 hasta mayo de 2025. Las nuevas sumas acordadas son inferiores a las previamente establecidas, pero, se establece un mecanismo de compensación de las diferencias entre las escalas.

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