CP Jorge Vega
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Decreto 473/2023 - Ganancias Empleados/Jubilados: se incrementa a $ 1.770.000 el piso del impuesto

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Creado: 13 Septiembre 2023

Con efectos desde el 1° de octubre (devengado), se eleva a $ 1.770.000 mensuales (15 SMVyM) el mínimo a partir del cual los empleados y jubilados comenzarán a pagar el impuesto. La mencionada cifra, regirá también, para definir la exención del SAC de todo este semestre.

Ganancias - Empleados y Jubilados: elevarán el piso a $ 1.770.000 desde octubre

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Creado: 11 Septiembre 2023

Así lo anunció el ministro de Economía, Sergio Massa, en Plaza de Mayo. El nuevo mínimo subirá a partir del 1 de octubre próximo, con ajustes semestrales.

AFIP - Res. 5416/23 - Libro Sueldos y F931: se prorrogan los vencimientos al 13, 14 y 15 de septiembre

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Creado: 11 Septiembre 2023

Mediante Res. 5416/2023, la AFIP oficializó la prórroga de vencimientos para la presentación del Libro Sueldos Digital y del Formulario F931, correspondientes al devengado agosto.

Libro de Sueldos Digital: Guía para declarar la Asignación No Remunerativa del Decreto 438/2023

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Creado: 08 Septiembre 2023

La AFIP publicó una guía donde se indican los pasos a seguir y código a utilizar para informar la Asignación No Remunerativa del Decreto 438/2023.

AFIP fija nuevas fechas de vencimientos para el Libro Sueldos Digital y F931

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Creado: 08 Septiembre 2023

La AFIP prorrogaría las fechas de vencimientos previstas para los días 11, 12 y 13 de septiembre a los días 13, 14 y 15, correspondientes a la presentación del Libro de Sueldos Digital y F931 del devengado agosto. Por otro lado, se habilita la carga del código 560006 en el Libro Sueldos Digital, a los fines de informar la Asignación No Remunerativa del Dto. 438/2023, y el cómputo a cuenta de las contribuciones patronales.

Asignación Dto. 438/2023 - Contribución ART: La Superintendencia definió su postura

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Creado: 06 Septiembre 2023

La Superintendencia de Trabajo, ante una consulta web, confirmó que la Asignación No Remunerativa establecida por el Decreto 438/2023 no integra la base de cálculo en virtud de que si bien es un concepto no remunerativo, no es habitual, pues no se declara mensualmente sino excepcionalmente y por lo tanto, excluido conforme lo dispuesto el art. 10 in fine de la Ley N° 26.773 y por el artículo 43 de la Resolución SRT N° 298.

Trabajo - Res. 1136/23 - Asignación Personal Doméstico Dto. 438 - Procedimiento para que los empleadores soliciten el reintegro

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Creado: 06 Septiembre 2023

El Ministerio de Trabajo establece la operatoria de la solicitud y del reintegro a abonarse a los sujetos empleadores que hubieren realizado el pago de la asignación no remunerativa a los trabajadores del ¨Régimen de Contrato de Trabajo para el personal de Casas Particulares¨ y se encuentren comprendidos en las situaciones previstas por el Decreto 438/2023.

Libro Sueldos Digital y F931: La FACPCE solicitó prórroga de Vencimientos

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Creado: 05 Septiembre 2023

Ante los inconvenientes generados por la aplicación del Decreto 438/2023, el cual dispuso el pago de una Asignación no Remunerativa de $ 60.000, la FACPCE solicitó a la AFIP que se difieran los vencimientos previstos para la presentación del Libro Sueldos Digital, la generación, presentación y pago del formulario de declaración jurada F 931 correspondientes al devengado agosto 2023 cuyo vencimiento está previsto para los días 11 a 13 del corriente mes.

Trabajo - Res. 1133/23 - Asignación No Remunerativa DNU 438/2023: se establece la condición para su absorción

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Creado: 05 Septiembre 2023

Se aclara que la Asignación No Remunerativa del DNU 438/2023 podrá absorberse siempre y cuando haya estado previsto en forma expresa en cláusulas de los Acuerdos o Convenios Colectivos de trabajo ya pactados para las remuneraciones devengadas en los meses de agosto y setiembre de 2023. En caso de no estar específicamente acordado, los aumentos salariales ya pactados no podrán ser objeto de absorción.

AFIP - Res. 5411/23 - Monotributo - Prorroga de Vencimientos del Componente Impositivo

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Creado: 04 Septiembre 2023

Conforme a lo encomendado por el DNU 438/2023, la AFIP prorrogó y estableció los nuevos vencimientos para el pago del impuesto integrado -componente impositivo- de la obligación mensual correspondiente a los períodos septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2023 y enero y febrero de 2024, a cargo de los monotributistas que se encuentren encuadrados en las categorías A, B, C y D. 

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