Se fija el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio correspondiente al Acuerdo homologado por la RESOL-2019-753-APN-SECT#MPYT y registrado bajo el número 1218/2019, suscripto entre la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS), por la parte sindical y la Unión de Entidades Comerciales Argentinas (UDECA), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), y la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC), por la parte empleadora, conforme al detalle que, como Anexo IF-2019-76948835-APN-DRYRT#MPYT, forma parte integrante de la presente.

Disposición DNRRT 490/2019

Topes indemnizatorios desde 01/09/2019, 1/11/2019, 1/1/2020 y 1/3/2020

Articulado

Art. 1 - Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la ley 20744 de contrato de trabajo (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al Acuerdo homologado por la RESOL-2019-753-APN-SECT#MPYT y registrado bajo el número 1218/2019, suscripto entre la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS), por la parte sindical y la Unión de Entidades Comerciales Argentinas (UDECA), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), y la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC), por la parte empleadora, conforme al detalle que, como Anexo IF-2019-76948835-APN-DRYRT#MPYT, forma parte integrante de la presente.

Art. 2 - Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y Gestión Documental para la intervención correspondiente. Cumplido ello, vuelva a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a fin de que el Departamento de Coordinación registre el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio resultante y proceda a la guarda correspondiente.

Art. 3 - De forma.

Anexo

 

Partes signatarias: Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios c/Unión de Entidades Comerciales Argentinas, Confederación Argentina de la Mediana Empresa, Cámara Argentina de Comercio y Servicios.

CCT 130/1975

Alcance: General

Fecha de entrada en vigencia

Promedio de las remuneraciones

Tope indemnizatorio resultante

1/9/2019

$ 34.975,52

$ 104.926,56

1/11/2019

$ 36.352,72

$ 109.058,16

1/1/2020

$ 37.731,47

$ 113.194,41

1/3/2020

$ 39.107,12

$ 117.321,36

Alcance: Río Negro y Neuquén

Fecha de entrada en vigencia

Promedio de las remuneraciones

Tope indemnizatorio resultante

1/9/2019

$ 36.724,30

$ 110.172,90

1/11/2019

$ 38.170,36

$ 114.511,08

1/1/2020

$ 39.618,04

$ 118.854,12

1/3/2020

$ 41.062,48

$ 123.187,44

Alcance: Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego

Fecha de entrada en vigencia

Promedio de las remuneraciones

Tope indemnizatorio resultante

1/9/2019

$ 41.970,63

$ 125.911,89

1/11/2019

$ 43.623,27

$ 130.869,81

1/1/2020

$ 45.277,76

$ 135.833,28

1/3/2020

$ 46.928,54

$ 140.785,62

Comentarios

0 #23548 Robertosaavedra 26-11-2019 19:31
Hola una pregunta cuanto me corresponde si empecé a trabajar el 21/10/2016 al día de la fecha como maestranza categoria a con basico de 32
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+1 #23467 ARRECIFES 15-11-2019 20:12
BEUNAS TARDES JORGE QUERIA SABER CUANTO ME CORRESPONDERIA DE INDEMNIZACION POR 12 AÑOS DE TRABAJO COMO AUXILAIR ESPECIALIZADO B ESTOY COBRAN 34000 APROXIMADAMENTE, Y SI RENUNCIO SABER SI PUEDO LLEGAR A ALGUN ACUERDO DESDE YA GRACIAS
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+1 #23453 martin damiani 12-11-2019 11:10
Que tal jorge, te hago una consulta, trabajo desde aprox junio de 2017 en una pyme WN Internet que brinda servicios de internet, ocupo el cargo de tecnico instalador en edificios y casas, sobre todo edificios, trabajo riesgoso por la altura, cableados en la calle sin elementos de seguridad, aparte padezco diabetes 1 e hipertiroidismo. Me anotaron en blanco 8hs desde enero de 2017, estuve trabajando aprox los primeros 6 meses en negro, estamos los empleados anotados como Auxiliar B que segun tengo entendo esta mal, deberias estar en el sindicato de telecomunicaciones o algo asi en el cual el sueldo base por las mismas tareas no baja de 45.000.
Queria consultarte en el caso de que me despidan aprox cuanto deberia cobrar? hoy dia noviembre de 2019 tengo un neto de 30.500 aprox, trabajando desde junio de 2017 y anotado desde enero de 2018, gracias !
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+16 #23382 Thuago 17-10-2019 14:57
Buenas tardes jorge entonces un empleado de comercio de 10 años de antiguedad que lo despiden lo maximo que se lo puede indemnizar es de 104.926.56 ?
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+1 #23530 Adri 21-11-2019 09:23
No. El tope es para la base de cálculo. Si la mejor remuneración mensual, normal y habitual devengada durante el último año supera los 104.926,56, se tomaría este importe. Para una antigüedad de 10 años, la indemnización sería 104.926,56 por 10.
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+2 #23357 Eligio 10-10-2019 13:58
Gracias x la informacion saludos
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